Actuación de representantes legales como liquidadores
En procesos de liquidación voluntaria, cuando no se designa un liquidador de manera expresa, el artículo 227 del Código de Comercio establece que actuarán como tales las personas inscritas en el registro mercantil como representantes legales de la sociedad. Esto implica que el representante legal principal asume las funciones del liquidador, y solo en caso de ausencia temporal o definitiva, el representante suplente puede actuar en su lugar.
Obligación de designar liquidador y limitaciones
Aunque el representante legal puede actuar como liquidador en ausencia de una designación formal, el máximo órgano social mantiene la facultad de nombrar un liquidador en cualquier momento durante el proceso. Es importante destacar que quienes asumen el rol de liquidador deben ejercer las funciones y deberes propios de este cargo, sin limitarse a las facultades del representante legal inscrito.
Requisitos del acta de disolución y documentos acreditativos
El acta en la que el máximo órgano social aprueba la disolución y la liquidación voluntaria debe cumplir con los requisitos legales previstos en el Código de Comercio y en la Circular Básica Jurídica de la Superintendencia de Sociedades. Aunque no es obligatorio designar al liquidador en esta acta, su nombramiento facilita el trámite. Para acreditar ante terceros la facultad para actuar como liquidador en ausencia de designación expresa, el certificado de existencia y representación legal inscrito en el registro mercantil es documento idóneo.
Plazos y consecuencias legales en la liquidación voluntaria
La legislación comercial no establece un término máximo para que una sociedad permanezca en liquidación voluntaria. Sin embargo, la sociedad disuelta debe limitar sus actividades exclusivamente a actos relacionados con la liquidación, y el nombre de la sociedad debe incluir la expresión "en liquidación". El incumplimiento de estas disposiciones puede generar responsabilidad ilimitada y solidaria para el liquidador y el revisor fiscal.
Este pronunciamiento ofrece una guía clara para sociedades y funcionarios encargados de procesos de liquidación, aportando seguridad jurídica en la gestión y control de estas etapas decisivas para la vida empresarial. Así, se busca evitar confusiones y garantizar que los procedimientos se realicen conforme a la normatividad vigente, protegiendo los intereses de todas las partes involucradas y promoviendo la transparencia y el orden en los procesos de liquidación voluntaria.Para continuar leyendo esta noticia y acceder a todas las funciones premium, adquiere uno de nuestros planes.
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