Normativa vigente sobre revisoría fiscal en cámaras de comercio
El Decreto 1074 de 2015 establece que las cámaras de comercio deben contar con un revisor fiscal para periodos de cuatro años, con la posibilidad de ser reelegido. Esta disposición regula que la elección se realice simultáneamente con la de los miembros de la junta directiva y que el revisor fiscal sea elegido por mayoría relativa de votos de los comerciantes afiliados.
Criterios de independencia y ética profesional
La entidad supervisora ha señalado que el revisor fiscal debe actuar con total independencia, objetividad e imparcialidad, siguiendo principios éticos para garantizar la correcta gestión de la entidad. La Ley 43 de 1990 y el Código de Ética profesional establecen restricciones para evitar conflictos de interés y asegurar la idoneidad del auditor externo o revisor fiscal, incluyendo la abstención en casos de parentesco, vínculos económicos o personales que puedan afectar su objetividad.
Procedimiento electoral y requisitos para la postulación
La junta directiva de cada cámara de comercio debe fijar los términos para la inscripción de candidatos, estableciendo requisitos mínimos y publicando las invitaciones a postularse. Los candidatos pueden ser personas naturales o jurídicas, siempre que cumplan con los criterios técnicos y profesionales necesarios. Además, deben presentar una propuesta de servicios que garantice la adecuada realización de auditorías y cumplimiento de sus funciones.
Reelección indefinida y efectos prácticos
Dado que la legislación nacional no establece un límite para la cantidad de reelecciones, la continuidad en el cargo del revisor fiscal es legalmente viable, siempre que se respeten los procedimientos establecidos para su elección y se mantenga la independencia requerida. Esto permite a las cámaras de comercio mantener una supervisión constante y profesional de sus actividades contables y administrativas.
Esta aclaración resulta relevante para las cámaras de comercio, sus juntas directivas y comerciantes afiliados, quienes deben asegurar el cumplimiento de los procesos electorales y los criterios éticos en la designación del revisor fiscal. La reelección indefinida facilita la continuidad en la vigilancia y control de la gestión financiera de estas entidades, contribuyendo a fortalecer la transparencia y la confianza en la administración de las cámaras de comercio. Por lo tanto, es fundamental que se mantenga un riguroso seguimiento a los procesos electorales para garantizar la idoneidad y la independencia del revisor fiscal en cada periodo.Para continuar leyendo esta noticia y acceder a todas las funciones premium, adquiere uno de nuestros planes.
Ver planes disponibles