Ausencia de protocolo interno y facultades jurisdiccionales
La Superintendencia de Sociedades respondió a una consulta sobre si cuenta con un manual, protocolo o guía interna que estandarice los límites procesales y requisitos probatorios para el levantamiento del velo corporativo (desestimación de la personalidad jurídica). Señaló que, debido a la naturaleza excepcional y particular de cada caso, no existe un documento que establezca criterios generales en este sentido. La determinación recae en el juez competente, quien valora el acervo probatorio conforme a la sana crítica, el debido proceso y la autonomía judicial.
Las facultades de la Superintendencia en materia de desestimación de la personalidad jurídica se limitan a las jurisdiccionales conferidas por el Código General del Proceso, ejercidas con independencia judicial. Por ende, cada decisión se basa en el análisis individual y la valoración de pruebas aportadas.
Criterios de razonabilidad y garantías procesales
Respecto a los criterios de razonabilidad o proporcionalidad para evitar vulnerar el derecho al debido proceso y la autonomía patrimonial, la entidad destaca que sus actuaciones se someten a garantías constitucionales y legales como los principios de contradicción, defensa, publicidad y valoración integral de pruebas.
Se recuerda que la desestimación de la personalidad jurídica es una medida legal excepcional destinada a evitar el uso indebido de la figura societaria para fraudes o perjuicios a terceros. En este sentido, la carga probatoria recae ampliamente en quien propone la desestimación, dada la complejidad y severidad de sus efectos, como la pérdida temporal de la limitación de responsabilidad societaria.
Fundamento legal y alcance de la figura
La entidad cita normativas como el artículo 42 de la Ley 1258 de 2008, que establece que cuando una sociedad por acciones simplificada se utilice en fraude a la ley o en perjuicio de terceros, los accionistas y administradores que hayan participado responderán solidariamente por las obligaciones y perjuicios causados. También se aclara que el levantamiento del velo corporativo implica desconocer la limitación de responsabilidad que protege a socios o accionistas, y que esta facultad no excluye la competencia de autoridades judiciales y administrativas en la materia.
Finalmente, la Superintendencia pone a disposición una guía sobre desestimación de la personalidad jurídica en su página web para consulta pública, con el fin de orientar a los interesados sobre los procedimientos y criterios aplicables, reafirmando su compromiso con la transparencia y el respeto a los derechos de las entidades y sus integrantes.Para continuar leyendo esta noticia y acceder a todas las funciones premium, adquiere uno de nuestros planes.
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