La Superintendencia de Sociedades emitió un oficio en respuesta a una consulta sobre las obligaciones de una sociedad que dejó de estar bajo su vigilancia para pasar a ser supervisada por la Superintendencia Nacional de Salud. En este contexto, se aclararon varios puntos relevantes sobre la continuidad de reportes y programas de cumplimiento.
Cesación de obligaciones frente a la Superintendencia de Sociedades
En primer lugar, la entidad indicó que una vez la sociedad cambia de supervisor y deja de estar bajo la vigilancia de la Superintendencia de Sociedades, cesan las obligaciones relacionadas con SAGRILAFT y PTEE frente a esta entidad. Esto incluye la no aplicación del periodo mínimo de permanencia adicional y las demás obligaciones correspondientes.
Informes y programas de cumplimiento
En cuanto a los informes y reportes, la sociedad no estaría obligada a presentar más informes ante la Superintendencia de Sociedades, dado que ya no se encuentra bajo su supervisión. Respecto a los programas de cumplimiento, el oficio señala que el plazo de mantenimiento de estos programas por tres años, establecido en las circulares 100-000016 y 100-000011, aplica solo para sociedades que dejan de cumplir los requisitos de activos o ingresos pero permanecen bajo supervisión. En el caso de cambio de supervisión, esta obligación no se mantendría.
Reportes a la Unidad de Información y Análisis Financiero (UIAF)
Finalmente, sobre los reportes a la Unidad de Información y Análisis Financiero (UIAF), la Superintendencia aclara que la obligación de reportar operaciones sospechosas cesaría automáticamente al dejar de ser sujeto obligado por parte de la Superintendencia de Sociedades.
Este pronunciamiento se fundamenta en el artículo 7, numeral 28, del Decreto 1736 de 2020, modificado por el Decreto 1380 de 2021, que establece las funciones de la Superintendencia de Sociedades en materia de prevención de lavado de activos y financiación del terrorismo para las entidades bajo su supervisión.
El oficio también recuerda que sus conceptos tienen carácter general y abstracto, y no son vinculantes ni constituyen asesoría para casos particulares. Para más información, la entidad dispone en su página web de la normatividad vigente, conceptos emitidos, la Circular Básica Jurídica y el aplicativo Tesauro con doctrina y jurisprudencia mercantil, facilitando así el acceso a herramientas útiles para los sujetos supervisados y el público en general.Para continuar leyendo esta noticia y acceder a todas las funciones premium, adquiere uno de nuestros planes.
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