Contexto y alcance de la consulta
La CREG recordó que, según la Ley 142 de 1994 y la Ley 143 de 1994, tiene la responsabilidad de la regulación económica de los servicios públicos domiciliarios de energía eléctrica y gas combustible. Sin embargo, no resuelve casos particulares, sino que sus respuestas son aplicables de forma genérica a situaciones similares.
En la consulta recibida, se plantearon preguntas relacionadas con si el operador de red (OR) puede archivar solicitudes de conexión por incumplimientos no especificados claramente, rechazar estudios basándose en subsanaciones verbales no registradas, y si demoras o reinicios por parte del OR pueden afectar derechos del agente generador de potencia (AGPE).
Obligaciones y requisitos del operador de red
El análisis de la CREG se basa en el anexo 5 de la Resolución CREG 174 de 2021, que establece la etapa de subsanación. En esta etapa, el OR tiene la obligación de justificar técnicamente las causas que pueden llevar a la negación de la conexión, indicando el fundamento normativo o técnico, los requisitos incumplidos y recomendaciones precisas para cumplirlos.
Además, los lineamientos para el estudio de conexión simplificado, contenidos en la Circular CREG 021 de 2022, incluyen una lista de causales de rechazo que deben ser indicadas expresamente por el OR al momento de rechazar un estudio.
Es fundamental que el OR entregue los resultados y cálculos técnicos necesarios para la validación del estudio, facilitando así la correcta revisión por parte de los interesados.
Plazos y control de cumplimiento
El OR debe cumplir con los plazos establecidos en la Resolución CREG 174 de 2021 para los procesos de verificación técnica y subsanación. La CREG remitió la solicitud para que la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios ejerza sus funciones de control, inspección y vigilancia, a fin de verificar el cumplimiento regulatorio en casos particulares.
Conclusiones
Este pronunciamiento reafirma la necesidad de que el operador de red actúe con transparencia y precisión técnica al solicitar subsanaciones o rechazar solicitudes de conexión. La regulación vigente exige que cualquier observación sea debidamente justificada y documentada, garantizando un proceso claro para los usuarios y agentes del sector.
De esta manera, se busca fortalecer la confianza en el proceso de conexión de servicios públicos domiciliarios, promoviendo la eficiencia y el respeto a los derechos de todos los actores involucrados. La supervisión por parte de la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios asegurará el cumplimiento de estas disposiciones, contribuyendo a un servicio más justo y transparente.Para continuar leyendo esta noticia y acceder a todas las funciones premium, adquiere uno de nuestros planes.
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