Objeto y ámbito de aplicación
La Resolución regula las condiciones bajo las cuales distribuidores y comercializadores minoristas de GLP pueden implementar un mecanismo temporal de intercambiabilidad de cilindros dentro de un ambiente especial de vigilancia y control (sandbox regulatorio).
Aplica únicamente a los distribuidores de GLP en cilindros que se postulen y sean autorizados por la CREG para participar en el sandbox, así como a los comercializadores minoristas que tengan relación contractual con dichos distribuidores para el desarrollo del proyecto piloto.
Cambios normativos y creación del sandbox regulatorio
- Se autoriza la implementación de un proyecto piloto de intercambiabilidad de cilindros de GLP, con carácter experimental, temporal y excepcional.
- Se establece un ambiente especial de vigilancia y control regulado conforme al Decreto 1732 de 2021.
- Se mantiene el esquema vigente de responsabilidad de marca y propiedad de los cilindros, sin transferir la propiedad durante el intercambio.
- Se crea un sistema de trazabilidad y registro para los cilindros intercambiados.
- Se define un procedimiento operativo y reglas para la operación del mecanismo, incluyendo la habilitación de Centros de Canje para la recepción y custodia temporal de cilindros.
- Se establece un régimen de supervisión, seguimiento y evaluación del desempeño del piloto mediante indicadores clave.
Obligaciones de los participantes
Los agentes autorizados deberán cumplir, entre otras, las siguientes obligaciones:
- Operar conforme a la normativa vigente del servicio público domiciliario de GLP y al procedimiento del sandbox.
- Registrar y reportar oportunamente la información requerida para garantizar la trazabilidad de los cilindros.
- Garantizar la seguridad en el manejo de cilindros y GLP, incluyendo la recepción y gestión de cilindros con daños o condiciones inseguras.
- Proteger los derechos de los usuarios, quienes mantendrán la libertad de elegir y podrán rechazar cilindros defectuosos sin asumir costos adicionales.
- Permitir actividades de inspección, vigilancia y control por parte de la CREG, la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios y la Superintendencia de Industria y Comercio.
- Incurrir en las inversiones y adecuaciones necesarias para la ejecución del proyecto a su propio riesgo, sin derecho a compensaciones económicas.
- Cumplir con las condiciones particulares establecidas en los Certificados de Operación Temporal que otorgue la CREG.
Duración y fases del proyecto piloto
El sandbox tendrá una duración máxima de doce (12) meses, dividida en tres etapas:
- Montaje: hasta dos (2) meses para definición de zonas de operación, apertura de convocatoria, selección y certificación de participantes, y realización de pruebas iniciales.
- Desarrollo u operación: hasta seis (6) meses para implementación del mecanismo, seguimiento y ajustes operativos.
- Desmonte y cierre: hasta dos (2) meses para devolución ordenada de cilindros, cierre de registros y presentación de informes finales.
La CREG podrá extender cualquiera de las fases hasta por dos (2) meses adicionales y podrá modificar o terminar anticipadamente el proyecto mediante acto administrativo motivado.
Reglas específicas y garantías para usuarios
- Los cilindros mantendrán la marca y propiedad original, sin alteraciones de marca o propiedad durante el piloto.
- Los usuarios conservarán el derecho a recibir información clara sobre el propietario de los cilindros y a acceder a mecanismos efectivos de atención de peticiones, quejas y reclamos.
- Se garantiza la continuidad, calidad y seguridad del servicio público domiciliario de GLP durante la vigencia del proyecto.
- El mecanismo de intercambiabilidad será voluntario para el usuario final y no podrá imponerse como condición para la prestación del servicio.
- Los depósitos en garantía se regirán por la normativa vigente, con obligaciones claras para la devolución en caso de entrega de cilindros a comercializadores minoristas distintos al distribuidor propietario.
Supervisión, control y régimen sancionatorio
La supervisión y control del cumplimiento de la Resolución estarán a cargo de:
- La Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios, respecto a la prestación del servicio y obligaciones derivadas del sandbox.
- La Superintendencia de Industria y Comercio, en materia de libre competencia, protección al consumidor y propiedad industrial.
El incumplimiento podrá dar lugar a actuaciones administrativas y sanciones conforme al marco normativo vigente, sin perjuicio de responsabilidades civiles, penales o de otra naturaleza.
Base legal y vigencia
La norma se expide en ejercicio de las atribuciones conferidas por la Ley 142 de 1994 y los Decretos 1524, 2253 de 1994 y 1260 de 2013, así como el Decreto 1732 de 2021 y la Ley 2069 de 2020.
La Resolución entra en vigencia a partir de su publicación en el Diario Oficial y tiene carácter transitorio.
Régimen de información y confidencialidad
La información recopilada durante el proyecto piloto estará sujeta a la protección de datos personales y confidencialidad comercial. La CREG podrá utilizarla de forma agregada y anonimizada para fines de seguimiento, evaluación y divulgación de resultados.
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Este resumen ejecutivo presenta de manera estructurada los aspectos fundamentales de la Resolución CREG 103 002 de 2026, que regula la experimentación de un modelo piloto de intercambiabilidad de cilindros de GLP en Colombia mediante un sandbox regulatorio, con el fin de fomentar la innovación en la distribución y garantizar la seguridad y derechos de los usuarios durante el periodo experimental.