Naturaleza de la providencia y tribunal
El auto fue proferido por la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia, en el trámite de revisión de un recurso extraordinario de casación presentado contra sentencias condenatorias en un proceso penal.
Sentido de la decisión
- Se anuló el efecto del auto previo de inadmisión del recurso de casación respecto de dos procesados fallecidos.
- Se declaró la extinción de la acción penal en contra de dichos procesados por causa de muerte.
- Se ordenó el archivo de la actuación penal respecto a estos procesados por el delito investigado.
- Se dispuso que el juzgado de conocimiento realice las anotaciones y cancelaciones derivadas de esta decisión.
Razón principal de la decisión
La Sala fundamentó su decisión en que el fallecimiento de los procesados, acreditado mediante registros civiles de defunción, configura una causal legal de extinción de la acción penal conforme al artículo 75 de la Ley 906 de 2004 y el artículo 82 numeral 1º del Código Penal. Por lo tanto, resulta imposible continuar el proceso penal en su contra, lo que impide pronunciarse sobre el recurso de casación presentado en su nombre y obliga a archivar la actuación.
Antecedentes fácticos y procesales
En mayo de 2011, se instauró una querella por invasión de tres predios rurales ubicados en el Valle del Cauca, en la cual varios individuos fueron señalados como responsables. En mayo de 2022, un juzgado penal municipal condenó a varios procesados, incluyendo a los dos ahora fallecidos, por el delito de invasión de tierras y edificaciones, imponiéndoles pena privativa de libertad y multa. Posteriormente, en septiembre de 2022, el tribunal superior confirmó la condena. En el trámite de casación, el recurso fue inadmitido en mayo de 2026. Posteriormente se informó el fallecimiento de los dos procesados, con fechas de defunción posteriores a la sentencia condenatoria y antes de la resolución de casación.
Efectos jurídicos de la decisión
El auto vincula a las autoridades judiciales involucradas, en cuanto:
- Deja sin efectos el auto de inadmisión del recurso de casación respecto de los procesados fallecidos.
- Declara extinguida la acción penal por muerte, lo que implica la terminación definitiva del proceso penal contra esas personas.
- Ordena el archivo de la actuación penal relativa a dichos procesados.
- Dispone que el juzgado de conocimiento realice las anotaciones y cancelaciones correspondientes en sus registros procesales.
Contra esta decisión procede el recurso de reposición, el cual deberá ser presentado dentro de los términos legales establecidos. Esta resolución sienta un precedente importante respecto al tratamiento procesal en casos donde los procesados fallecen antes de que se resuelvan los recursos en su contra, garantizando el respeto a las disposiciones legales que regulan la extinción de la acción penal por muerte.