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Auto de la Corte Suprema de Justicia sobre solicitudes probatorias en trámite de extradición

Proviene de: Sentencias

19 de agosto de 2026 15:42:12

Naturaleza de la providencia y contexto procesal

La providencia es un auto emitido por la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia en un trámite de extradición. La solicitud internacional proviene del Gobierno de la República del Perú, que reclama a un ciudadano colombiano por la posible comisión del delito de tráfico ilícito de drogas. El proceso se rige por el Acuerdo sobre Extradición de 1911 y su modificación de 2004. En la etapa actual, la Corte debe resolver sobre las peticiones probatorias para emitir el concepto que será remitido al Gobierno Nacional.

Sentido de la decisión

  • Se decreta: Solicitud del representante del Ministerio Público para oficiar a la Fiscalía General de la Nación y a la Dirección de Investigación Criminal e Interpol (DIJIN) para consultar antecedentes del requerido en Colombia.
  • Se niegan: Solicitud de la defensa para incorporar un informe de investigador de campo relacionado con la prescripción de la acción penal peruana.
  • Se niega: Solicitud del representante del Ministerio Público para reconocer el valor probatorio de un informe de cotejo dactiloscópico, por estar ya incorporado al expediente.

Razón principal de la decisión

La Corte fundamenta su decisión en los principios de pertinencia, utilidad y conducencia que deben guiar la práctica probatoria en el trámite de extradición. La prueba solicitada por el Ministerio Público para verificar si existen investigaciones o condenas en Colombia frente al reclamado es pertinente y útil, dado que está vinculada a la garantía constitucional del non bis in ídem, requisito esencial para la entrega del requerido. Por otro lado, la prueba relacionada con la prescripción de la acción penal en Perú, aportada por la defensa, aunque pertinente para analizar uno de los presupuestos de la extradición, carece de utilidad, ya que la Sala cuenta con la información suficiente en el expediente para realizar dicho análisis conforme a la legislación peruana. Asimismo, el informe de cotejo dactiloscópico pedido por el Ministerio Público es innecesario porque ya obra en el expediente y será valorado junto con los demás medios para establecer la identidad del requerido.

Antecedentes relevantes

El Gobierno peruano solicitó la detención provisional y posterior extradición de un ciudadano colombiano por presunto tráfico ilícito de drogas, con fundamento en una orden judicial emitida en 2001. La Fiscalía General de la Nación ordenó la captura con fines de extradición, y el ciudadano fue capturado en mayo de 2026. En el trámite, la defensa y el representante del Ministerio Público presentaron solicitudes probatorias orientadas a establecer aspectos relacionados con la identidad del reclamado, la prescripción del delito y la existencia de antecedentes penales en Colombia.

Efectos jurídicos de la providencia

La decisión obliga a la Fiscalía General de la Nación y a la Dirección de Investigación Criminal e Interpol (DIJIN) a realizar una consulta en sus bases de datos sobre posibles investigaciones o condenas contra el reclamado, dentro del término de diez días a partir de la notificación del auto. Esta información será utilizada por la Corte para emitir el concepto que debe ser remitido al Gobierno Nacional para la decisión final sobre la extradición. Las pruebas negadas no se incorporan al expediente ni serán valoradas, aunque contra la negativa procede recurso de reposición. La providencia ordena notificar y cumplir lo resuelto, asegurando así el respeto al debido proceso y la correcta administración de justicia en el trámite extradicional.

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Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico.
Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.

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