Objeto de la norma
La Resolución 1889 de 2026 regula la creación, conformación, funciones y operación del Comité de Juntas Directivas de Empresas Estatales, en las que el Ministerio de Hacienda y Crédito Público tiene participación accionaria o competencia en la selección y nominación de sus miembros.
Cambios normativos concretos
- Se crea el Comité de Juntas Directivas de Empresas Estatales, que reemplaza al Comité de Nominación, Elección y Evaluación de Desempeño de Administradores de Empresas Estatales establecido por la Resolución 2032 de 2018, la cual es derogada expresamente.
- Se actualiza la denominación, conformación y funciones del Comité para fortalecer la gobernanza y el proceso de toma de decisiones.
Conformación del Comité
El Comité estará integrado permanentemente con voz y voto por:
- El Ministro de Hacienda y Crédito Público, quien preside el Comité.
- El Secretario General del Ministerio de Hacienda y Crédito Público.
- El Viceministro General del Ministerio de Hacienda y Crédito Público.
El Director de la Dirección General de Participaciones Estatales participa con voz pero sin voto y ejerce la Secretaría Técnica del Comité. Además, podrán ser invitados representantes de otras áreas del Ministerio, instituciones públicas, sociedad civil o sector privado, con voz pero sin voto.
Funciones del Comité
- Nominar, elegir y evaluar a los miembros de juntas directivas de las empresas en las que el Ministerio tiene participación accionaria o competencia para seleccionar o nominar.
- Evaluar las competencias y revisar las hojas de vida de candidatos a miembros de juntas directivas.
- Expedir su propio reglamento de funcionamiento, adoptado por mayoría absoluta de sus integrantes.
- Ejercer otras funciones necesarias para el cumplimiento de su objeto.
Funciones de la Secretaría Técnica
La Secretaría Técnica, a cargo de la Dirección General de Participaciones Estatales, tiene las siguientes funciones:
- Convocar a las reuniones del Comité.
- Coordinar actividades de apoyo para las sesiones.
- Realizar la relatoría y conservar los documentos generados.
- Llevar el registro escrito de las decisiones y actividades del Comité.
- Elaborar comunicaciones necesarias en desarrollo de sus funciones.
- Las demás funciones que le asigne el Comité.
Sesiones y toma de decisiones
El Comité sesionará cuando sea convocado por su Secretaría Técnica o cualquiera de sus miembros permanentes. Las reuniones requerirán la presencia mínima de dos miembros con derecho a voto, incluido el Ministro de Hacienda y Crédito Público, y las decisiones se adoptarán por unanimidad. También podrá sesionar válidamente sin convocatoria previa si están presentes todos sus integrantes.
Ámbito de aplicación
La norma aplica a nivel nacional y está dirigida a las empresas estatales en las que el Ministerio de Hacienda y Crédito Público tiene participación accionaria o competencia para seleccionar o nominar miembros de sus juntas directivas.
Base legal y vigencia
La Resolución se expide en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 61 de la Ley 489 de 1998 y en desarrollo de los numerales 12, 13, 14, 40 y 42 del artículo 6º del Decreto 4712 de 2008, modificado por el Decreto 2384 de 2015. La norma rige a partir de su publicación, deroga la Resolución 2032 de 2018 y cualquier disposición que le sea contraria.
Régimen de transición
La norma establece el reemplazo inmediato del Comité anterior y regula de forma integral la conformación y funciones del nuevo Comité, sin establecer plazos adicionales para su implementación. Con esta medida se busca garantizar una transición ordenada y efectiva, fortaleciendo la gobernanza de las empresas estatales vinculadas al Ministerio de Hacienda y Crédito Público.