Objeto y ámbito de aplicación
La Resolución 0551 de 2026 tiene por objeto establecer las condiciones para el funcionamiento de la Mesa de GCASB y definir disposiciones sobre la participación incidente de los gestores comunitarios del agua y el saneamiento básico (GC).
Su ámbito de aplicación comprende al Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio (MVCT), los gestores comunitarios del agua y saneamiento básico, las redes, asociaciones, federaciones o confederaciones que los agrupan a nivel nacional, representantes académicos, y otras entidades públicas, comunitarias o privadas con incidencia en la gestión del agua y el saneamiento básico cuando participen como invitados.
Cambios normativos y naturaleza de la Mesa de GCASB
La resolución desarrolla el artículo 2.3.8.1.5 del Decreto 1077 de 2015, estableciendo:
- La Mesa de GCASB como un espacio de participación comunitaria incidente, donde voceros de las organizaciones nacionales de gestores comunitarios dialogan con actores públicos para participar en el diseño, implementación, ejecución y evaluación de planes, programas, estrategias y políticas públicas relacionadas.
- Se precisa que la potestad decisoria sobre actos administrativos y políticas públicas corresponde siempre al MVCT u otras entidades públicas, sin que la participación comunitaria sustituya procedimientos administrativos ni modifique la distribución de competencias.
Integración y membresía
La Mesa estará integrada por:
- El MVCT, a través de la Dirección de Política y Regulación.
- Las redes, asociaciones, federaciones o confederaciones que agrupan a los gestores comunitarios a nivel nacional. Inicialmente, se incluyen dos organizaciones nacionales representativas.
- Representantes académicos postulados por los representantes de los gestores comunitarios y avalados por la Mesa, con un máximo de tres por cada organización de gestores comunitarios. Estos actúan como asesores con voz pero sin voto.
Se prevé la posibilidad de incorporar nuevos miembros, sujetos a criterios específicos sobre representación territorial, experiencia y actividades relacionadas con la gestión comunitaria del agua y saneamiento básico. La designación se realiza mediante acta formal.
Funciones y roles
Las funciones de la Mesa incluyen:
- Elaborar y ejecutar su plan de trabajo anual, así como formular y dar seguimiento al Plan de Acción de la Política de Gestión Comunitaria del Agua y el Saneamiento Básico (PA-PGCASB).
- Definir fechas y horarios de sesiones, analizar propuestas de nuevos integrantes, convocar invitados y divulgar resultados.
- Coordinar el trabajo articulado entre instituciones públicas y promover la participación incidente en instancias territoriales relacionadas.
Los roles específicos de los actores son:
| Actor | Funciones |
| MVCT | Secretaría técnica de la Mesa, convocatoria de sesiones, elaboración de actas, gestión de solicitudes y promoción de participación a nivel territorial. |
| Representantes de gestores comunitarios | Designar voceros y delegados, participar en sesiones y juntas técnicas, revisar actas, coordinar posiciones internas y divulgar avances. |
| Representantes académicos | Asesorar académicamente, acompañar a los gestores comunitarios y facilitar consensos. |
| Invitados | Participar con voz en sesiones a las que son convocados o a las que soliciten participar mediante comunicación escrita. |
Sesiones y toma de decisiones
Las sesiones de la Mesa se desarrollarán preferentemente de forma virtual, con al menos seis sesiones anuales, que podrán ser ordinarias o extraordinarias. La duración máxima será de dos horas, con convocatoria previa de al menos tres días. La Mesa sesionará con quórum de la totalidad de los representantes de gestores comunitarios y el MVCT presente.
Las decisiones se tomarán por consenso y estarán relacionadas con el funcionamiento de la Mesa, su plan de trabajo y seguimiento. Se emitirán actas para cada sesión, elaboradas por el MVCT y aprobadas por los representantes de los gestores comunitarios. Las sesiones serán grabadas salvo manifestación en contrario.
Comisiones de trabajo y espacios territoriales
En casos particulares, se podrán conformar comisiones de trabajo con representantes del MVCT, gestores comunitarios y académicos para tratar temas específicos. Estas comisiones deben presentar sus resultados en la siguiente sesión de la Mesa. Pueden convocar a otras entidades públicas con incidencia en la gestión del agua y saneamiento básico, quienes participarán con voz pero sin voto.
El MVCT promoverá espacios territoriales de participación vinculados a la Mesa para ampliar la incidencia de la gestión comunitaria.
Base legal, vigencia y disposiciones finales
La resolución se expide en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 274 de la Ley 2294 de 2023 y el Decreto 1077 de 2015, entre otras normas. Fue publicada en el Diario Oficial No. 53.596 el 20 de agosto de 2026 y rige a partir de su publicación.
Esta norma regula la participación de los gestores comunitarios del agua y saneamiento básico en espacios institucionales de diálogo y coordinación con el Gobierno Nacional, en cumplimiento de los mandatos legales vigentes y el marco constitucional, fortaleciendo así la gestión comunitaria y promoviendo el acceso sostenible y equitativo al agua y saneamiento en todo el territorio nacional.