Documentos contenidos en la Gaceta 1090
- Proyecto de Ley 167 de 2026 Cámara: texto propuesto para la creación del Instituto Nacional de Acción Comunal (INAC) y otras disposiciones.
- Exposición de motivos detallada.
- Contexto histórico, jurídico y jurisprudencial sobre la acción comunal.
- Análisis de impacto fiscal conforme al artículo 7º de la Ley 819 de 2003.
- Concepto previo de favorabilidad emitido por el Ministerio del Interior.
- Antecedente legislativo del proyecto.
- Disposiciones transitorias y finales del proyecto de ley.
Proyecto de Ley 167 de 2026 Cámara
El proyecto propone la creación del Instituto Nacional de Acción Comunal (INAC) como un establecimiento público del orden nacional, adscrito al Ministerio del Interior. El INAC tendrá personería jurídica, autonomía administrativa y financiera, y patrimonio propio.
Su objeto es fortalecer el diseño, implementación, monitoreo y control de las políticas de apoyo, estímulo y fomento de los organismos de acción comunal en Colombia. El Instituto ejercerá funciones de inspección, control y vigilancia sobre los organismos comunales de tercer y cuarto grado, así como sobre los de primer y segundo grado cuya competencia no haya sido descentralizada a las entidades territoriales.
El proyecto define principios rectores para el INAC, entre ellos participación democrática, autonomía, transparencia, solidaridad, equidad e inclusión, y coordinación con entidades territoriales. Asimismo, establece la composición de su Consejo Directivo, integrado exclusivamente por entidades públicas, y la figura del Director General, nombrado por el Presidente de la República.
En materia financiera, el INAC contará con recursos del Presupuesto General de la Nación, ingresos por contratos y convenios, donaciones y recursos propios. Se crea el Fondo Nacional para el Fortalecimiento de la Acción Comunal, administrado por el Instituto, destinado a financiar proyectos comunitarios.
El régimen transitorio contempla la transferencia de funciones, recursos, contratos y planta de personal del Grupo de Acción Comunal del Ministerio del Interior al INAC en un plazo de seis meses posteriores a la expedición del decreto reglamentario. El proyecto fija un plazo similar para la expedición del decreto que reglamentará la estructura y funcionamiento del Instituto.
Exposición de motivos
El documento presenta un análisis exhaustivo sobre la importancia de la acción comunal en Colombia, destacando que existen 53.153 Juntas de Acción Comunal, 1.425 asociaciones de segundo grado, 42 federaciones y la Confederación Nacional de Acción Comunal, con más de 7,4 millones de afiliados.
Se justifica la creación del INAC para superar la insuficiente capacidad operativa del actual grupo ministerial encargado, que carece de servidores públicos en su planta y tiene funciones dispersas. El proyecto no modifica la distribución de competencias entre Nación y entidades territoriales establecida en la Ley 2166 de 2021, sino que centraliza y fortalece la función de supervisión a nivel nacional.
El texto incluye antecedentes normativos, constitucionales y jurisprudenciales relevantes, señalando sentencias de la Corte Constitucional que reconocen la acción comunal como expresión del derecho de asociación y democracia participativa.
También se mencionan diagnósticos sectoriales que evidencian brechas en formación técnica, gestión administrativa y capacidad operativa, que el proyecto busca subsanar mediante la institucionalización del INAC.
Concepto previo de favorabilidad del Ministerio del Interior
El Ministerio del Interior emitió un concepto favorable al proyecto, señalando que su espíritu y objetivos no son contrarios a la organización de acción comunal. Destaca la insuficiencia del actual grupo ministerial para atender las necesidades del sector y apoya la creación de una entidad autónoma con planta y patrimonio propios.
El concepto incluye observaciones técnicas incorporadas al proyecto, como la ampliación de funciones del INAC, la composición exclusiva de entidades públicas en el Consejo Directivo y la necesidad de un análisis presupuestal por parte del Ministerio de Hacienda y Crédito Público.
Análisis de impacto fiscal
El proyecto no crea nuevos tributos ni ordena gasto adicional en sentido estricto, pues las funciones que asumirá el INAC corresponden a las que ejerce actualmente el Ministerio del Interior. Sin embargo, la creación del establecimiento público implica costos asociados a la conformación de planta de personal, sede administrativa y sistemas de información.
Se indica que el Ministerio de Hacienda y Crédito Público deberá emitir concepto presupuestal previo a la aprobación final. Se menciona como referencia el Conpes 3955 de 2018, que proyectó una inversión de 89.000 millones de pesos en cuatro años para el fortalecimiento comunal.
Antecedente legislativo
El proyecto fue radicado inicialmente en octubre de 2024 (Proyecto de Ley 397 de 2024 Cámara y 008 de 2023 Senado), con informe de ponencia positiva emitido en diciembre de 2024 y concepto favorable del Ministerio del Interior en septiembre de 2025. No obstante, el proyecto fue archivado por tránsito de legislatura en junio de 2025.
La versión actual radicada en 2026 incorpora ajustes técnicos validados previamente, el concepto favorable ministerial, y observaciones de coherencia constitucional.
Disposiciones transitorias y finales
El texto establece la transferencia de funciones, recursos y personal del actual grupo ministerial al INAC, así como la expedición de un decreto reglamentario para su puesta en funcionamiento dentro de seis meses de promulgada la ley.
La ley tendrá vigencia a partir de su promulgación y derogará disposiciones incompatibles con la transferencia de funciones.
Referencias normativas y jurisprudenciales
La gaceta incluye referencias a la Constitución Política, varias leyes relevantes (Ley 19 de 1958, Ley 489 de 1998, Ley 2166 de 2021, entre otras), sentencias de la Corte Constitucional sobre participación y acción comunal, documentos de política pública como los Conpes 3661 y 3955, y normatividad relativa al trámite legislativo.
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Este resumen ejecutivo presenta los aspectos formales y sustantivos contenidos en la Gaceta 1090 del 21 de agosto de 2026, de la Cámara de Representantes, sin emitir juicios o valoraciones sobre el contenido del proyecto de ley ni sus implicaciones futuras. De esta manera, se ofrece una visión clara y completa para quienes deseen conocer el alcance y la importancia de la creación del Instituto Nacional de Acción Comunal (INAC) en el marco legal colombiano.