Entidad, tipo de acto y fecha
La Resolución 9115 de 2026 fue expedida por la Registraduría Nacional del Estado Civil el 21 de agosto de 2026.
Objeto de la norma
Declara la urgencia manifiesta para la contratación directa de una solución integral logística, informática y de servicios para la organización y realización de la elección de alcalde en Cartago (Valle del Cauca).
Cambios normativos concretos
- Se establece la declaratoria de urgencia manifiesta para contratar directamente los servicios requeridos para la elección atípica de alcalde de Cartago.
- Se ordena iniciar de inmediato la contratación conforme al componente técnico definido por la entidad.
- Se disponen las actuaciones administrativas necesarias para efectuar la contratación directa y la supervisión del proceso.
- Se ordena la conformación y organización del expediente correspondiente para remitirlo a la Contraloría General de la República para control fiscal.
Obligaciones creadas
- La Gerencia Administrativa y Financiera debe adelantar los trámites para la contratación directa de los servicios electorales.
- La Oficina Jurídica debe organizar el expediente con copia de la resolución, el contrato y demás documentos relacionados, para su posterior remisión al órgano de control fiscal.
- El Registrador Delegado en lo Electoral y el Gerente de Informática están encargados de la supervisión y seguimiento del contrato derivado de la urgencia manifiesta.
- La entidad debe cumplir con la normativa presupuestal y administrativa vigente para garantizar la legalidad y ejecución del contrato.
Ámbito de aplicación
Esta resolución aplica a nivel local, específicamente para la organización y realización de la elección atípica del alcalde del municipio de Cartago, Valle del Cauca. Afecta a la Registraduría Nacional del Estado Civil y a los contratistas que provean los servicios logísticos, informáticos y electorales necesarios.
Excepciones o exclusiones
No se identifican excepciones expresas en la norma; sin embargo, la declaratoria de urgencia manifiesta excluye la aplicación de los procedimientos ordinarios de contratación pública para esta contratación específica.
Base legal
La resolución se fundamenta en el artículo 42 de la Ley 80 de 1993 (Estatuto General de Contratación Pública), el literal a) numeral 4 del artículo 2° de la Ley 1150 de 2007, y el artículo 2.2.1.2.1.4.2 del Decreto 1082 de 2015, que regulan la urgencia manifiesta como causal para contratación directa.
Fecha de entrada en vigencia
La resolución rige a partir de su publicación en el Diario Oficial, el 21 de agosto de 2026.
Régimen de transición o plazos de implementación
Dada la urgencia y la proximidad de la fecha electoral (20 de septiembre de 2026), se ordena proceder de inmediato con la contratación directa. La entidad cuenta con un plazo limitado para adelantar el proceso y ejecutar el contrato, por lo que no es viable utilizar los procedimientos ordinarios de selección de contratistas.
Resumen de contexto y justificación factual
La elección atípica se convoca tras la nulidad judicial de la elección del alcalde municipal para el periodo 2024-2027. La Registraduría carecía de apropiación presupuestal suficiente para contratar los servicios necesarios hasta la aprobación de una modificación presupuestal por parte del Ministerio de Hacienda y Crédito Público el 19 de agosto de 2026. Dadas las limitaciones de tiempo y presupuesto, la resolución habilita la contratación directa para asegurar la realización del proceso electoral en la fecha establecida.
Servicios objeto de la contratación
- Provisión de kit electoral y servicios de soporte al proceso electoral.
- Solución informática para procesamiento electrónico de datos electorales, incluyendo preconteo y comunicaciones.
- Apoyo tecnológico y servicios logísticos para la realización de escrutinios en diferentes niveles electorales.
- Servicios de recolección, digitalización y publicación de actas de escrutinio y actas de instalación y registro general de votantes.
Conclusiones
La Resolución 9115 de 2026 es una medida excepcional adoptada para garantizar el cumplimiento del calendario electoral en Cartago, Valle del Cauca, frente a la urgencia y las limitaciones presupuestales existentes. Al declarar la urgencia manifiesta, la Registraduría Nacional del Estado Civil puede contratar de manera directa los servicios necesarios, asegurando la transparencia, eficiencia y legalidad del proceso electoral atípico que se llevará a cabo el 20 de septiembre de 2026. Esta decisión busca salvaguardar el derecho al voto y la estabilidad democrática local, cumpliendo con los requisitos legales y administrativos establecidos para este tipo de situaciones.