Entidad emisora, tipo de acto y fecha de expedición
El Decreto 1281 de 2026 fue expedido por el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible y publicado en el Diario Oficial No. 53.602 el 25 de agosto de 2026.
Objeto de la norma
El decreto regula la derogación de designaciones de representantes del Presidente de la República ante los Consejos Directivos de las Corporaciones Autónomas Regionales y de las Corporaciones para el Desarrollo Sostenible, dejándolas sin efecto.
Cambios normativos concretos
- Derogación de los Decretos números 1659 de 2023, 1248 de 2023, 1724 de 2023, 0098 de 2026, 1662 de 2023, 0149 de 2025, 1658 de 2023, 1721 de 2023, 1665 de 2023, 1666 de 2023, 1668 de 2023, 1667 de 2023, 1775 de 2023, 1669 de 2023, 0106 de 2026, 1708 de 2023, 0893 de 2025, 1671 de 2023, 1766 de 2023, 1664 de 2023, 1764 de 2023, 0103 de 2026, 0105 de 2026, 1767 de 2023, 0097 de 2026 y 1723 de 2023, que designaron representantes del Presidente de la República ante los Consejos Directivos de las Corporaciones Autónomas Regionales.
- Derogación de los Decretos números 1657 de 2023, 0104 de 2026, 0494 de 2026 y 0495 de 2026, que designaron representantes del Presidente de la República ante los Consejos Directivos de las Corporaciones para el Desarrollo Sostenible.
Obligaciones creadas
- El Grupo de Talento Humano del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible debe comunicar a las personas cuya designación se deja sin efecto conforme a los artículos 1° y 2° del decreto.
- Los Secretarios de los Consejos Directivos de las Corporaciones Autónomas Regionales y de las Corporaciones para el Desarrollo Sostenible mencionadas deben ser notificados para informar al Presidente de cada Consejo y a los demás miembros.
Ámbito de aplicación
El decreto tiene aplicación a nivel nacional y afecta a los representantes del Presidente de la República designados ante los Consejos Directivos de las siguientes entidades:
- Corporaciones Autónomas Regionales: CAM, CAR, Carder, Cardique, Carsucre, CAS, CDMB, Corantioquia, Cornare, Corpamag, Corpoboyacá, Corpocaldas, Corpocesar, Corpochivor, Corpoguajira, Corpoguavio, Corponariño, Corponor, Corporinoquia, Cortolima, CRA, CRC, CRQ, CSB, CVC y CVS.
- Corporaciones para el Desarrollo Sostenible: CDA, Coralina, Cormacarena y Corpourabá.
Excepciones o exclusiones
No se establecen excepciones o exclusiones expresas en el texto del decreto.
Base legal que faculta la expedición
El decreto se expide en ejercicio de las facultades constitucionales y legales conferidas, en particular el numeral 13 del artículo 189 de la Constitución Política de Colombia y los artículos 26, 34, 37, 38 y 40 de la Ley 99 de 1993.
Vigencia y régimen de transición
El decreto rige a partir de la fecha de su publicación, el 25 de agosto de 2026. Se establece un régimen de comunicación para informar a las personas cuyos nombramientos quedan sin efecto y a los órganos correspondientes, sin otros plazos o medidas transitorias adicionales.
En conclusión, el Decreto 1281 de 2026 representa una medida administrativa que busca actualizar y simplificar la representación presidencial en los Consejos Directivos de las Corporaciones Autónomas Regionales y para el Desarrollo Sostenible, asegurando la correcta notificación de los cambios para garantizar la transparencia y el cumplimiento de la normativa vigente.