Identificación del acta y objeto de la sesión
La Comisión de Educación llevó a cabo la sesión correspondiente al 24 de agosto de 2026, cuyo tema principal fue el análisis y aprobación de la Ley 2626 de 2026. Esta norma tiene como objeto actualizar y fortalecer la asignatura de Tecnología e Informática en los niveles de educación básica y media del sistema educativo colombiano, incorporando competencias vinculadas con pensamiento computacional, programación, inteligencia artificial, ciencia de datos y ciudadanía digital. Además, establece una política pública denominada “Educación Digital”.
Decisiones adoptadas por la comisión
La comisión adoptó las siguientes decisiones relevantes respecto a la Ley 2626 de 2026:
- Aprobación del texto de la ley que moderniza la asignatura de Tecnología e Informática y establece lineamientos para la política pública de educación digital.
- Creación de la Comisión Nacional de Educación Digital como instancia coordinadora y articuladora de la política pública.
- Establecimiento de la obligación para el Ministerio de Educación Nacional de revisar y actualizar periódicamente los contenidos curriculares, con participación de otros ministerios relacionados.
- Definición de un programa obligatorio de formación y actualización docente en competencias digitales, con certificaciones y estímulos.
- Orientación para que el Gobierno Nacional garantice progresivamente infraestructura tecnológica, conectividad y recursos digitales en instituciones educativas oficiales, priorizando zonas rurales y poblaciones específicas.
- Creación del Observatorio Nacional de Educación Digital para seguimiento y análisis de la implementación.
- Establecimiento de principios de neutralidad ideológica, respeto a la libertad de conciencia y derecho preferente de los padres en la implementación de la ley y sus contenidos.
Temas y proyectos objeto de discusión
La sesión se centró en la Ley 2626 de 2026, cuyo contenido regula los siguientes aspectos:
- Actualización de la asignatura de Tecnología e Informática en educación básica y media, incorporando competencias en tecnologías emergentes y ciudadanía digital.
- Revisión curricular periódica, con un ciclo mínimo de tres años, coordinada por el Ministerio de Educación Nacional junto con otros ministerios.
- Formación docente obligatoria en competencias digitales y pedagógicas relacionadas con la asignatura.
- Garantías para la equidad en infraestructura tecnológica y acceso a internet en instituciones educativas oficiales.
- Inclusión educativa con criterios objetivos de accesibilidad tecnológica y pedagógica.
- Creación y funciones de la Comisión Nacional de Educación Digital y del Observatorio Nacional de Educación Digital.
- Principios de neutralidad ideológica y respeto a la libertad de conciencia en contenidos, materiales y formación docente.
- Financiación mediante recursos del Presupuesto General de la Nación, cooperación internacional y alianzas público-privadas.
Posturas registradas durante la sesión
Según consta en el acta, las posturas expresadas durante el debate se resumieron de la siguiente manera:
- Varios congresistas enfatizaron la importancia de actualizar la asignatura para responder a los avances tecnológicos y la formación integral de los estudiantes en competencias digitales.
- Se destacó la necesidad de garantizar equidad en el acceso a infraestructura y conectividad, especialmente en zonas rurales y comunidades en situación de vulnerabilidad.
- Se planteó la relevancia de un programa de formación docente para asegurar la adecuada implementación de los contenidos y metodologías.
- Se subrayó la importancia de mantener la autonomía escolar, respetar el derecho preferente de los padres a escoger la educación de sus hijos y preservar la neutralidad ideológica en los contenidos y procesos formativos.
- Expertos y representantes de sectores relacionados señalaron la función coordinadora de la Comisión Nacional de Educación Digital y la utilidad del Observatorio para el seguimiento de la política pública.
- Se acordó que la actualización curricular debe limitarse a aspectos técnicos, científicos y tecnológicos, excluyendo enfoques ideológicos ajenos a la asignatura.
Estado procesal y próximos pasos
Tras la sesión, la Ley 2626 de 2026 quedó en condición de ser remitida para su promulgación y publicación en el Diario Oficial, conforme a los procedimientos legislativos vigentes. El Gobierno Nacional tendrá un plazo de seis meses para reglamentar la ley, incluyendo la organización y funcionamiento de la Comisión Nacional de Educación Digital.
El Ministerio de Educación Nacional estará encargado de diseñar e implementar el programa de formación docente en un término no mayor a seis meses desde la promulgación. Asimismo, se anticipa la creación del Observatorio Nacional de Educación Digital para monitorear la implementación de la política pública.
| Aspecto | Situación tras sesión |
| Estado del proyecto | Aprobado por la comisión, pendiente promulgación y reglamentación |
| Plazo para reglamentación | Seis meses desde promulgación |
| Programa de formación docente | Diseño e implementación en máximo seis meses |
| Creación Comisión Nacional de Educación Digital | Instancia creada, reglamentación pendiente |
| Observatorio Nacional de Educación Digital | Creación a cargo del Ministerio de Educación Nacional |
Con estas medidas, se espera fortalecer la educación digital en Colombia, preparando a los estudiantes para los retos tecnológicos del futuro y asegurando una formación inclusiva y actualizada en todo el territorio nacional. La Comisión de Educación continuará haciendo seguimiento a la implementación de la ley para garantizar el cumplimiento de los objetivos planteados.