Identificación del acta y decisiones adoptadas
En la sesión de la Comisión de Justicia del 24 de agosto de 2026, se analizó el proyecto de ley que crea el tipo penal de acceso carnal a animales y modifica la Ley 599 de 2000. La comisión decidió
aprobar los artículos que incorporan el nuevo tipo penal, las circunstancias de agravación, las medidas de prevención y los protocolos investigativos vinculados a esta conducta.
Entre las decisiones adoptadas destacan:
- Incorporación del artículo 339D a la Ley 599 de 2000, que establece el delito de acceso carnal a animales y su respectiva pena privativa de libertad, inhabilidad especial, prohibición para la tenencia de animales y multa.
- Adición del artículo 339E, que señala las circunstancias de agravación punitiva aplicables al delito.
- Establecimiento de la obligación para el Gobierno Nacional de diseñar una estrategia de sensibilización y prevención sobre esta conducta.
- Encargo a la Fiscalía General de la Nación para formular un protocolo de investigación sobre el delito dentro de los seis meses siguientes a la vigencia de la ley.
Tema y proyectos objeto de discusión
El proyecto de ley discutido tiene por objeto crear un nuevo tipo penal que sancione el acceso carnal a animales. Este se adiciona a la Ley 599 de 2000, que contiene el Código Penal colombiano. El delito se define como la penetración del miembro viril humano por vía anal, vaginal u oral al animal, así como la penetración vaginal o anal con cualquier otra parte del cuerpo o con objetos.
El proyecto prevé penas de prisión de cuarenta y ocho a cincuenta y cinco meses, inhabilidad especial para ejercer profesiones relacionadas con animales de dos a cuatro años, prohibición de adquisición y tenencia de animales, y multa de treinta a cincuenta salarios mínimos mensuales legales vigentes.
Se establecen excepciones para procedimientos médicos veterinarios y zootécnicos, sin que estas sustituyan las penas principales.
Asimismo, se definen circunstancias que agravan la pena, tales como la comisión en concurso de personas, contra varios animales, en espacios públicos, con sevicia, entre otros.
El proyecto incluye además medidas complementarias orientadas a la educación y resocialización del infractor, así como la obligación para el Gobierno Nacional de implementar estrategias de prevención y sensibilización.
Posturas registradas durante la sesión
Durante la sesión, los congresistas expusieron diversas posturas respecto al proyecto. Algunos manifestaron la importancia de tipificar expresamente el acceso carnal a animales como conducta sancionable, enfatizando la necesidad de establecer penas claras y medidas preventivas. Otros plantearon dudas sobre la definición del delito y las condiciones para las excepciones relacionadas con procedimientos médicos veterinarios.
Representantes del Ministerio de Justicia y del Derecho explicaron las responsabilidades del Gobierno Nacional para diseñar e implementar la estrategia de prevención y los protocolos de investigación que deberá formular la Fiscalía General de la Nación.
Se registraron intervenciones que solicitaron incluir medidas pedagógicas para fomentar una cultura de respeto hacia los animales y garantizar la adecuada aplicación de las penas y medidas complementarias.
Además, se discutieron las circunstancias agravantes previstas en el proyecto, donde algunos congresistas señalaron la relevancia de contemplar factores como la difusión en medios digitales o la realización del delito con fines lucrativos.
Estado procesal y próximos pasos
Tras la aprobación en la Comisión de Justicia, el proyecto de ley quedaría en condición de ser presentado ante la plenaria del Congreso para su debate y votación final. La ley, de ser aprobada en el trámite legislativo, entraría en vigencia a partir de su publicación oficial.
Dentro de los seis meses siguientes a la entrada en vigencia, el Gobierno Nacional debería diseñar y establecer la estrategia de sensibilización y prevención, en coordinación con los ministerios correspondientes y organizaciones especializadas.
Asimismo, la Fiscalía General de la Nación tendría el plazo de seis meses para formular el protocolo de investigación sobre el delito y sus agravantes, incluyendo la capacitación de activistas y organizaciones dedicadas a la protección animal para colaborar en la recolección y preservación de pruebas.
| Etapa |
Situación tras la sesión |
| Aprobación en comisión |
Proyecto aprobado para pasar a plenaria |
| Estrategia de prevención |
Diseño y puesta en marcha en 6 meses posteriores a la vigencia |
| Protocolo de investigación |
Elaboración por Fiscalía en plazo de 6 meses tras vigencia |
Con estas medidas, se espera fortalecer la protección animal en Colombia y garantizar la sanción efectiva de conductas que atenten contra el bienestar de los animales, promoviendo al mismo tiempo la prevención y la educación en la sociedad. La Comisión de Justicia continuará vigilante al avance del proyecto en las siguientes etapas legislativas.