Entidad emisora, tipo de acto y fecha
La norma fue expedida por la Registraduría Nacional del Estado Civil mediante la Resolución 9259, el 25 de agosto de 2026.
Objeto de la norma
La resolución regula el número máximo de ciudadanos habilitados para sufragar en cada mesa de votación durante la nueva elección de Alcalde en el municipio de Cartago, Valle del Cauca, a realizarse el 20 de septiembre de 2026.
Cambios normativos concretos
- Se fija en 400 el número máximo de sufragantes por mesa de votación regular.
- Se establece un límite de 800 sufragantes por mesa en el Puesto de Censo ubicado en la Escuela John F. Kennedy.
Obligaciones creadas
- Los Delegados del Registrador Nacional del Estado Civil en el departamento del Valle del Cauca y los registradores del Estado Civil en Cartago deben ser notificados de esta resolución para su aplicación.
Ámbito de aplicación
La resolución tiene aplicación local, específicamente en el municipio de Cartago, departamento del Valle del Cauca, y afecta a los órganos electorales encargados de la organización y ejecución de la elección de Alcalde.
Excepciones o exclusiones
No se establecen excepciones ni exclusiones expresas en la norma.
Base legal
La expedición de la resolución se fundamenta en el artículo 85 del Decreto Ley 2241 de 1986 (Código Electoral), numerales 10, 11 y 19 del artículo 5° y 35 del Decreto Ley 1010 de 2000, así como en las funciones asignadas a la Registraduría Nacional del Estado Civil y su Dirección de Censo Electoral.
Fecha de vigencia y régimen de transición
La resolución entra en vigencia a partir de la fecha de su publicación, el 25 de agosto de 2026. No se establecen plazos adicionales para transición o implementación, dado que la medida aplica directamente para la elección del 20 de septiembre de 2026.
Consideraciones finales
Con esta medida, la Registraduría busca optimizar la organización de la jornada electoral y garantizar un proceso ágil y ordenado en la elección del Alcalde de Cartago. Se hace un llamado a los funcionarios electorales para cumplir estrictamente con los límites establecidos, asegurando así el derecho al voto de todos los ciudadanos de manera eficiente y transparente.