Entidad emisora, número de norma, tipo de acto y fecha
La resolución fue expedida por la Dirección Territorial Boyacá del Instituto Geográfico Agustín Codazzi (IGAC) y lleva el número 126 de 2026, con fecha de expedición 28 de agosto de 2026.
Objeto de la norma
La norma regula el reajuste de los porcentajes de incremento de los avalúos catastrales para las zonas homogéneas geoeconómicas rurales del municipio de Chíquiza, Boyacá, para la vigencia catastral del año 2026.
Cambios normativos concretos
- Modifica los porcentajes de incremento previamente establecidos en la Resolución IGAC 2057 de 2025 para las zonas homogéneas geoeconómicas rurales de Chíquiza.
- Actualiza la liquidación de avalúos catastrales de los predios rurales en dichas zonas para la vigencia 2026.
- Establece que los nuevos porcentajes serán aplicados de manera uniforme sobre los valores catastrales vigentes con destinos agropecuarios y no agropecuarios.
- Confirma que las demás disposiciones de la Resolución IGAC 2057 de 2025 permanecen sin modificación.
Obligaciones creadas
- La Dirección Territorial Boyacá del IGAC debe actualizar en el Sistema Nacional Catastral los valores unitarios de terreno conforme a los porcentajes ajustados.
- El municipio de Chíquiza debe recibir la comunicación oficial de esta actualización.
- Se debe publicar la resolución conforme a lo previsto en el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (Ley 1437 de 2011), para que surta efectos jurídicos.
Ámbito de aplicación
La norma tiene aplicación local, específicamente para las zonas homogéneas geoeconómicas rurales del municipio de Chíquiza, en el departamento de Boyacá. Está dirigida a los predios rurales ubicados en estas zonas, así como a la autoridad catastral territorial.
Excepciones o exclusiones
No se establecen excepciones específicas en esta resolución. El ajuste aplica uniformemente a todos los predios rurales dentro de las zonas homogéneas geoeconómicas del municipio.
Base legal
La resolución se expide en ejercicio de las facultades conferidas por:
- Artículo 3° de la Ley 14 de 1983.
- Artículo 79 de la Ley 1955 de 2019, modificado por el artículo 43 de la Ley 2294 de 2023.
- Numerales 5 y 7 del artículo 30 del Decreto 846 de 2021.
- Resolución IGAC 384 de 2026.
- Artículo 49 de la Ley 2294 de 2023.
Fecha de entrada en vigencia
La resolución rige a partir de su publicación, fechada el 28 de agosto de 2026.
Régimen de transición o plazos de implementación
La actualización se aplica para la vigencia catastral con fecha 1° de enero de 2026, incorporando los porcentajes ajustados en el Sistema Nacional Catastral. No se establecen plazos adicionales ni disposiciones transitorias.
Detalle de los porcentajes reajustados
| Zona Geoeconómica |
% Incremento Resolución 2057 de 2025 |
% Incremento Ajustado Resolución 126 de 2026 |
| 02 | 155,00% | 102,40% |
| 03 | 189,00% | 118,02% |
| 04 | 262,00% | 158,31% |
| 05 | 295,00% | 181,80% |
| 06 | 334,00% | 209,98% |
| 07 | 359,00% | 222,89% |
| 08 | 520,00% | 269,02% |
| 09 | 623,00% | 330,52% |
| 11 | 715,00% | 435,00% |
| 13 | 1708,00% | 1015,90% |
| 14 | 2311,00% | 933,25% |
Con esta resolución, se busca garantizar una valoración catastral más acorde con las condiciones actuales del mercado y la realidad económica de las zonas rurales de Chíquiza, contribuyendo a una gestión catastral más precisa y justa para los propietarios de predios en esta región.