Entidad emisora, número y fecha
La Resolución 40467 de 2026 fue expedida por el Ministerio de Minas y Energía el 27 de agosto de 2026.
Objeto de la norma
La norma regula el ingreso al productor del combustible fósil para la gasolina motor corriente y el ACPM, que forma parte de la estructura de precios de estos combustibles en el mercado nacional.
Cambios normativos concretos
- Fijación del ingreso al productor para la gasolina motor corriente en $10.839,73 por galón.
- Fijación del ingreso al productor para el ACPM en $6.192,15 por galón.
- Derogatoria expresa de la Resolución 40222 del 1° de mayo de 2026.
Obligaciones creadas
- Los agentes económicos que participan en la cadena de distribución de gasolina motor corriente y ACPM deberán aplicar los ingresos al productor establecidos en la presente resolución para la conformación de precios.
- Estos ingresos al productor deberán aplicarse en todas las zonas del país, sin importar el porcentaje de mezcla con biocombustibles o alcohol carburante.
Ámbito de aplicación
La resolución tiene alcance nacional y se aplica a todos los productores e importadores de gasolina motor corriente y ACPM que operan en el mercado regulado de combustibles líquidos derivados del petróleo.
Excepciones o exclusiones
No se establecen excepciones o exclusiones en la aplicación del ingreso al productor fijado por esta resolución; la norma aplica a todas las zonas del país sin distinción.
Base legal
La expedición de la norma se fundamenta en las facultades conferidas a los Ministerios de Hacienda y Crédito Público y de Minas y Energía, principalmente en los artículos 1° de la Ley 26 de 1989 y 35 de la Ley 1955 de 2019, modificado por el artículo 244 de la Ley 2294 de 2023.
Vigencia y régimen de transición
La resolución entra en vigor el 29 de agosto de 2026. Se deroga expresamente la Resolución 40222 del 1° de mayo de 2026, estableciendo desde esa fecha el nuevo ingreso al productor para ambos combustibles.
Otros aspectos
La norma continúa la inclusión del ingreso al productor dentro de la estructura de precios de referencia para la gasolina motor corriente y el ACPM, conforme a la reorganización establecida por la Comisión de Regulación de Energía y Gas (CREG) en la Resolución 104004 de 2026.
La fijación del ingreso al productor reconoce el costo de oportunidad para la distribución de estos combustibles en el país y se mantiene independiente del porcentaje de mezcla de biocombustibles o alcohol carburante en cada zona.
Con esta resolución, se busca garantizar la transparencia y estabilidad en la formación de precios de los combustibles, contribuyendo a un mercado más eficiente y competitivo en Colombia. Además, se reafirma el compromiso del gobierno con la regulación adecuada del sector energético, asegurando condiciones justas para todos los actores involucrados.