Entidad emisora, número y tipo de norma
La norma fue expedida por el Consejo Nacional de Estupefacientes mediante la Resolución 0009 de 2026, con fecha de expedición 18 de agosto de 2026, publicada en el Diario Oficial No. 53.612 el 1 de septiembre de 2026.
Objeto de la norma
La resolución regula el cierre y archivo de los trámites preparatorios y documentos relacionados con los proyectos de Resolución números 003 y 004 de 2026, que no culminaron en actos administrativos definitivos.
Cambios normativos concretos
- Se dispone el cierre y archivo de los trámites preparatorios vinculados a los proyectos de Resolución 003 y 004 de 2026.
- Se aclara que dichos proyectos no constituyen actos administrativos definitivos ni obligatorios, debido a la falta de suscripciones completas y ausencia de publicación oficial.
- Se ordena la conservación de todos los documentos, antecedentes, actas, conceptos, soportes técnicos, deliberaciones y demás registros relacionados con dichos trámites archivados.
Obligaciones creadas
- La Secretaría Técnica del Consejo Nacional de Estupefacientes debe conservar en el expediente correspondiente todos los documentos y antecedentes relacionados con los trámites archivados.
- Dicha conservación debe realizarse conforme a las reglas aplicables en materia de gestión documental, transparencia, acceso a la información pública, protección de datos personales, clasificación de la información y reserva legal.
Ámbito de aplicación y sujetos
La resolución tiene ámbito nacional y aplica a los procesos administrativos internos del Consejo Nacional de Estupefacientes relacionados con la formulación y expedición de resoluciones en materia de política nacional de drogas.
Excepciones o exclusiones
La disposición expresa que la resolución no afecta actos administrativos, instrumentos de planeación, reglamentos, acuerdos, contratos, compromisos presupuestales o actuaciones que hayan sido expedidos, perfeccionados o ejecutados conforme al ordenamiento jurídico de manera independiente.
Base legal
La expedición de la resolución se fundamenta en el literal c) del artículo 91 de la Ley 30 de 1986, el Decreto 380 de 2021, el reglamento interno del Consejo Nacional de Estupefacientes y las disposiciones de la Ley 1437 de 2011 sobre procedimiento administrativo y actos administrativos.
Fecha de entrada en vigencia
La resolución rige a partir de su publicación en el Diario Oficial.
Régimen de transición
Se establece expresamente el cierre documental y administrativo de los trámites preparatorios archivados, sin que los documentos preliminares puedan ser invocados como actos administrativos vigentes. Los antecedentes se conservarán para posibles futuras formulaciones normativas, garantizando así la transparencia y continuidad en la gestión del Consejo Nacional de Estupefacientes. Con esta medida, se busca evitar incertidumbres jurídicas y asegurar el adecuado manejo de los procesos internos relacionados con la política nacional de drogas.