Entidad emisora, número de norma, tipo de acto y fecha de expedición
La norma fue expedida por la Superintendencia Financiera de Colombia mediante una circular en el año 2024. Esta circular regula aspectos particulares de la emisión de valores por parte de emisores recurrentes.
Objeto de la norma
La circular regula la estructura, contenidos y procedimiento de presentación del prospecto simplificado y estandarizado que deben elaborar los emisores recurrentes para sus ofertas públicas de valores.
Cambios normativos concretos
- Se establece un formato específico para el prospecto simplificado y estandarizado, con información mínima y clara.
- Se definen secciones obligatorias del prospecto, incluyendo portada, tabla de contenido, glosario, características de los valores, condiciones de la emisión, información del emisor, riesgos, autorizaciones y anexos.
- Se regulan los mecanismos de colocación y adjudicación de los valores en la oferta pública.
- Se determina la obligación de utilizar un aplicativo electrónico dispuesto por la Superintendencia para la radicación del prospecto.
- Se establecen requisitos específicos para emisiones realizadas por entidades extranjeras.
Obligaciones creadas
- Emisores recurrentes: deben elaborar el prospecto simplificado y estandarizado con la información detallada en la circular, evitando incluir información por referencia en la portada.
- Incluir advertencias legales explícitas para inversionistas sobre la naturaleza del prospecto y la responsabilidad de la Superintendencia.
- Incorporar información sobre la oferta, características de los valores, modalidad y medios para adelantar la oferta, agentes participantes, plazo y condiciones.
- Revelar información financiera relevante de los últimos tres años, comentarios de la administración, objetivos económicos de la emisión y estructura accionaria.
- Describir los principales riesgos internos y externos que puedan afectar la inversión, evitando generalidades.
- Adjuntar reporte completo de calificación de la emisión y certificación del representante legal sobre la veracidad y diligencia en la elaboración del prospecto.
- Radicar el prospecto a través del aplicativo electrónico dispuesto por la Superintendencia, siguiendo el manual de usuario disponible en su página web.
Ámbito de aplicación
La circular tiene aplicación nacional y es obligatoria para todos los emisores recurrentes de valores que realicen ofertas públicas en Colombia, incluyendo entidades extranjeras que emitan valores en el mercado local.
Excepciones o exclusiones expresas
Se establece un régimen especial para emisiones realizadas por entidades extranjeras, las cuales deben incluir información adicional conforme al Decreto 2555 de 2010.
Base legal
La expedición de la circular se fundamenta en las facultades legales conferidas a la Superintendencia Financiera para regular el mercado de valores, en especial las disposiciones contenidas en el Decreto 2555 de 2010 y normas complementarias.
Fecha de entrada en vigencia y régimen de transición
La circular entra en vigencia a partir de su publicación. Los emisores recurrentes deben adecuar sus procesos y presentar los prospectos simplificados conforme a las disposiciones y plazos señalados en el manual de usuario del aplicativo dispuesto por la Superintendencia.
Resumen del contenido mínimo del prospecto simplificado y estandarizado
- Portada: Título destacado, identificación del emisor, advertencias legales, destinatarios de la oferta, características principales de los valores, modalidad y medios de la oferta, bolsa de valores, calificación, plazo, comisiones y agentes participantes.
- Tabla de contenido: Índice temático con numeración de páginas.
- Glosario: Definición de términos específicos necesarios para la emisión.
- Primera parte - Valores: Características, condiciones financieras, fechas relevantes, medios de información y régimen fiscal aplicable.
- Segunda parte - Información del emisor: Información financiera, análisis de la administración, objetivos económicos de la emisión, estructura accionaria y datos generales del emisor.
- Información sobre riesgos: Descripción de riesgos específicos y análisis de su posible impacto.
- Autorizaciones: Documentación de las autorizaciones necesarias para la emisión.
- Tercera parte - Anexos: Reporte de calificación y certificación del representante legal.
Procedimiento de radicación
Los emisores recurrentes deben presentar el prospecto a través del aplicativo electrónico dispuesto por la Superintendencia Financiera, siguiendo el manual de usuario disponible en su página oficial.
Este resumen ejecutivo presenta los aspectos principales de la Circular 2024 de la Superintendencia Financiera sobre el prospecto simplificado y estandarizado para emisores recurrentes, detallando los contenidos obligatorios, obligaciones y procedimientos para su cumplimiento, con el fin de promover mayor transparencia y eficiencia en el mercado de valores colombiano.