Entidad proponente y objeto del proyecto
El proyecto fue publicado por el Ministerio de Salud y Protección Social en 2026. Su objeto central es modificar el artículo 20 de la Resolución 1597 de 2025, con el fin de establecer nuevas reglas para la distribución de los recursos de la Subcuenta de Salud Pública Colectiva en situaciones excepcionales como pandemias, emergencias sanitarias, calamidades públicas, desastres o eventos catastróficos que afecten la salud pública.
Disposiciones y obligaciones propuestas
El proyecto establecería lo siguiente:
- Definir como gastos de la Subcuenta de Salud Pública Colectiva las acciones de Gestión de la Salud Pública según las competencias asignadas a las entidades territoriales y la financiación del Plan de Salud Pública de Intervenciones Colectivas a cargo de las entidades territoriales departamentales, distritales o municipales.
- Establecería porcentajes máximos para la destinación de recursos del subcomponente de Acciones de Salud Pública y de la participación en salud del Sistema General de Participaciones (SGP), diferenciados según la categoría territorial:
| Territorio |
Plan de Salud Pública de Intervenciones Colectivas |
Gestión de la Salud Pública |
| Departamentos y distritos |
30 – 50 % |
50 – 70 % |
| Municipios categoría especial 1, 2 o 3 |
40 – 60 % |
40 – 60 % |
| Municipios categoría 4, 5 y 6 |
60 – 70 % |
30 – 40 % |
- Permitiría a las entidades territoriales afectadas por declaratorias de pandemia, epidemia, emergencia sanitaria, calamidad pública, evento catastrófico o desastre ajustar temporalmente la distribución de estos porcentajes durante la vigencia de la declaratoria.
- Autorizaría la adquisición con estos recursos de vacunas, medicamentos, insumos o equipos necesarios para la prevención, atención y control de la situación que originó la declaratoria, siempre que sean necesarios para las estrategias definidas por el Ministerio y que no cuenten con otra fuente de financiación.
- Exigiría que las entidades territoriales justifiquen técnica y financieramente los ajustes en el Plan Territorial de Salud y que obtengan autorización previa del Ministerio de Salud y Protección Social para realizar dichas modificaciones.
Ámbito de aplicación
El proyecto se aplicaría a nivel nacional y vincularía a las entidades territoriales de todos los órdenes: departamentos, distritos y municipios, según su categoría. No se señalan exclusiones expresas de su ámbito de aplicación.
Plazo y mecanismos para la participación ciudadana
El proyecto fue publicado en la página web del Ministerio de Salud y Protección Social para recibir opiniones, sugerencias o propuestas de los ciudadanos y grupos de interés, en cumplimiento del artículo 2.1.2.1.14 del Decreto 1081 de 2015 y el numeral 8 del artículo 8 de la Ley 1437 de 2011.
El término para presentar comentarios o observaciones no se especifica en el texto analizado, pero se indica que el proyecto estuvo disponible para participación en un periodo definido entre dos fechas del año 2026. Las vías para la participación incluyen los canales oficiales de publicación del Ministerio, como formularios web o correo electrónico, conforme a las disposiciones legales aplicables.
Base legal y modificaciones normativas
El proyecto se fundamenta en diversas normas, entre ellas:
- Artículos 154, 165 y 173 de la Ley 100 de 1993.
- Artículos 42 a 46 de la Ley 715 de 2001.
- Ley 1523 de 2012 sobre gestión del riesgo de desastres.
- Ley 1751 de 2015, que reconoce el derecho fundamental a la salud.
- Ley 1955 de 2019, que regula la distribución de recursos del Sistema General de Participaciones en Salud.
- Decretos 120, 268, 292 de 2020 y 780 de 2016.
- Decretos 1171 y 1261 de 2026, que declaran situaciones de desastre y emergencia económica, social y ecológica.
El proyecto modificaría expresamente el artículo 20 de la Resolución 1597 de 2025, estableciendo nuevas reglas para la distribución y destinación de los recursos de la Subcuenta de Salud Pública Colectiva en los contextos excepcionales descritos.
Vigencia
De ser expedida, la resolución entraría en vigencia a partir de la fecha de su publicación y surtiría efectos sobre la distribución de recursos en salud pública colectiva conforme a lo modificado en la Resolución 1597 de 2025.
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Este resumen presenta la información contenida en el proyecto de resolución publicado por el Ministerio de Salud y Protección Social, sin que sus disposiciones tengan vigencia o efectos jurídicos mientras no sea oficialmente expedido. La participación ciudadana es fundamental para enriquecer el contenido final de la resolución y asegurar que las nuevas reglas respondan a las necesidades y realidades de los territorios afectados. Se espera que, una vez culminado el proceso de comentarios, el Ministerio evalúe las propuestas recibidas y emita la versión definitiva de la norma, con el fin de fortalecer la gestión y distribución de recursos en salud pública colectiva en situaciones excepcionales.