Entidad emisora, tipo y fecha de la norma
La norma fue expedida por el Instituto Colombiano Agropecuario (ICA), mediante la Gerencia Seccional del Valle del Cauca. Se trata de una resolución de fecha 31 de agosto de 2026 que modifica los artículos 8, 9 y 10 de la Resolución 00002162 inicialmente emitida el 25 de febrero de 2026.
Objeto de la norma
La resolución regula las fechas oficiales para el manejo fitosanitario del cultivo de algodón en el Valle del Cauca, incluyendo el recibo de semilla, la destrucción de socas y el período de veda para la temporada 2026.
Cambios normativos concretos
Se modifican los artículos 8, 9 y 10 de la resolución original, con las siguientes disposiciones principales:
- Fecha de recibo de algodón semilla: se fija el 6 de diciembre de 2026 como fecha para el recibo en las desmotadoras del departamento.
- Destrucción de socas: se establecen dos etapas para la destrucción de plantas y residuos:
- Primera etapa: destrucción inmediata y total de plantas de algodón tras la recolección de cada lote, con fecha límite el 6 de diciembre de 2026.
- Segunda etapa: destrucción de rebrotes y plantas germinadas mediante métodos mecánicos o químicos, con fecha límite el 20 de diciembre de 2026.
- Período de veda: se establece desde el 20 de diciembre de 2026 hasta el 22 de febrero de 2027, durante el cual se prohíbe la siembra de algodón, así como la presencia de socas, plantas de cultivo y cultivos abandonados.
Obligaciones creadas
- Los productores deben entregar el algodón semilla en las desmotadoras a más tardar el 6 de diciembre de 2026, salvo modificación por disponibilidad de planta.
- El propietario del predio es solidariamente responsable de la destrucción de socas, rebrotes o algodones espontáneos que aparezcan en el área cosechada.
- La destrucción de cultivos abandonados debe realizarse tras reporte técnico a las agremiaciones, ICA, UMATAS o Secretarías de Agricultura municipales.
- Durante el período de veda, está prohibida la siembra, así como la existencia de plantas de algodón y residuos relacionados.
Ámbito de aplicación
La resolución aplica de manera regional en el departamento del Valle del Cauca, dirigida a los productores y demás actores involucrados en el cultivo de algodón dentro de esta jurisdicción.
Excepciones o exclusiones
No se señalan excepciones específicas en la norma modificatoria respecto a los sujetos o actividades reguladas.
Base legal
La expedición de la resolución se fundamenta en diversas normas, entre ellas el artículo 65 de la Ley 101 de 1993, el Decreto 1071 de 2015, la Resolución 2442 de 2013, la Resolución 3168 de 2015, los artículos 156 y 157 de la Ley 1955 de 2019, el Decreto 4765 de 2008 y otras resoluciones previas del ICA.
Vigencia y régimen de transición
La resolución rige a partir de su publicación, derogando las disposiciones que le sean contrarias. El resto del contenido de la Resolución ICA 00002162 de 25 de febrero de 2026 permanece vigente. No se establecen plazos adicionales de transición más allá de los cambios en las fechas indicadas para la temporada 2026.
Con esta modificación, el ICA busca optimizar las prácticas fitosanitarias en el cultivo de algodón, garantizando un mejor control de plagas y enfermedades, así como la protección del ecosistema agrícola en el Valle del Cauca. Se exhorta a todos los productores y actores del sector a cumplir rigurosamente con las disposiciones establecidas para asegurar el éxito de la temporada agrícola 2026 y contribuir al desarrollo sostenible del cultivo en la región.