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Tribunal Administrativo del Cauca rechaza parcialmente demanda por incumplimiento de requisito de procedibilidad

Proviene de: 20260907

7 de septiembre de 2026 18:37:21

Rechazo parcial de la demanda por falta de subsanación

El Tribunal Administrativo del Cauca resolvió rechazar parcialmente una demanda presentada en ejercicio del medio de control para la protección de derechos e intereses colectivos. La decisión se fundamenta en que la parte actora no atendió el requerimiento judicial para subsanar la falta de acreditación del agotamiento del requisito de procedibilidad previsto en el artículo 144 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA), respecto a varias entidades, entre ellas el Instituto Nacional de Vías (Invías) y un consorcio privado, además de entidades vinculadas como la Contraloría General de la República, la Procuraduría General de la Nación y la Fiscalía General de la Nación. El artículo 20 de la Ley 472 de 1998 establece que el juez debe inadmitir la demanda que no cumpla con los requisitos y conceder un término para su corrección. Si no se subsanan los defectos, la demanda debe ser rechazada. En concordancia, el artículo 169 del CPACA señala que la demanda será rechazada cuando no se corrija la inadmisión en el plazo otorgado. Dado que la parte demandante solo acreditó el cumplimiento del requisito de procedibilidad frente al municipio de Popayán, la demanda fue rechazada respecto a las demás entidades mencionadas.

Remisión del expediente por falta de competencia

En cuanto a la competencia para conocer del asunto, el tribunal recordó que, según el artículo 15 de la Ley 472 de 1998 y los artículos 152 y 155 del CPACA, los tribunales administrativos conocen en primera instancia las acciones populares promovidas contra entidades del orden nacional, mientras que los juzgados administrativos del circuito tienen competencia para asuntos contra entidades del orden departamental, distrital o municipal. Por tratarse de una acción popular contra el municipio de Popayán, entidad del orden municipal, el tribunal declaró su falta de competencia funcional y dispuso remitir el expediente a los juzgados administrativos del circuito de Popayán, para que continúen conociendo del proceso.

Conclusión

Esta providencia destaca la importancia de cumplir con el requisito de procedibilidad en los procesos administrativos y judiciales, así como la adecuada asignación de competencia según la entidad involucrada. El rechazo parcial de la demanda limita el proceso a la entidad frente a la cual sí se acreditó el agotamiento del requisito, asegurando así el respeto a las normas procesales vigentes. La resolución fue notificada electrónicamente y firmada por la magistratura competente del Tribunal Administrativo del Cauca, garantizando la transparencia y el debido proceso en la administración de justicia. De esta manera, se reafirma el compromiso institucional con la correcta aplicación del marco jurídico y la protección efectiva de los derechos e intereses colectivos.

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Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico.
Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.

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