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Auto del Tribunal Administrativo del Chocó niega nulidad por participación indebida de magistrada impedida

Proviene de: Sentencias

8 de septiembre de 2026 12:8:51

Naturaleza de la providencia y tribunal

La providencia es un auto interlocutorio emitido por el Tribunal Administrativo del Chocó en segunda instancia, en el marco de un proceso de reparación directa bajo la Ley 1437 de 2011.

Sentido de la decisión

  • Solicitud de nulidad de sentencia: Negada.
  • Orden de remisión del expediente: Confirmada para cumplimiento con el Consejo de Estado.

Razón principal de la decisión

La decisión se sustentó en que, a pesar de que una magistrada previamente declarada impedida suscribió la sentencia, el documento fue aprobado con el voto favorable de la mayoría absoluta de los magistrados que integran la Sala Tercera del Tribunal. Esto cumplió con el requisito legal del quórum deliberatorio y decisorio, según lo establecido en la Ley 270 de 1996 y el Código General del Proceso. Se aclaró que la sola firma de la magistrada impedida no implica nulidad automática cuando la decisión cuenta con la mayoría requerida. Además, se constató que la sentencia contiene una motivación suficiente y un análisis integral del material probatorio, negando la responsabilidad patrimonial del Estado por no haberse demostrado el nexo causal entre la conducta estatal y el daño alegado.

Antecedentes fácticos y procesales

Cinco demandantes interpusieron una demanda de reparación directa contra la Nación, el Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (INPEC) y la Rama Judicial, luego de un daño sufrido por un interno durante su reclusión. Inicialmente, el proceso fue asignado a un despacho cuyo magistrado titular se declaró impedido para conocer del caso, por lo que el expediente fue redistribuido a otro despacho. Posteriormente, la magistrada inicialmente impedida suscribió la sentencia de primera instancia que negó las pretensiones de la demanda. La parte actora interpuso recurso de apelación solicitando la nulidad o revocatoria del fallo, argumentando la participación indebida de la magistrada impedida, presuntas omisiones en la valoración de alegatos y la inaplicación correcta de la figura de sentencia anticipada del artículo 182A del CPACA.

Efectos jurídicos de la decisión

  • Se niega la nulidad solicitada, confirmando la validez de la sentencia de primera instancia.
  • Se ordena dar cumplimiento al auto interlocutorio previo que dispone remitir el expediente digital al Consejo de Estado para los trámites correspondientes.
  • La decisión vincula a las partes, manteniendo la resolución sobre la responsabilidad estatal.
En conclusión, el Tribunal Administrativo del Chocó reafirmó la validez de sus procedimientos y resoluciones, garantizando la correcta aplicación de la ley y el debido proceso en materia de responsabilidad estatal. La sentencia de primera instancia permanece vigente, y el proceso seguirá su curso conforme a lo ordenado para la eventual revisión por parte del Consejo de Estado.

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Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico.
Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.

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