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Auto del Tribunal Administrativo del Chocó confirma negativa de apelación en recurso de reparación directa

Proviene de: Sentencias

8 de septiembre de 2026 20:33:24

Naturaleza de la providencia y contexto procesal

La providencia objeto de análisis es un auto proferido por el Tribunal Administrativo del Chocó en segunda instancia. Se dictó en el trámite de un medio de control de reparación directa instaurado contra una entidad hospitalaria y un servidor público, por presunta responsabilidad administrativa y extracontractual por perjuicios derivados de un óbito fetal. En primera instancia, el Juzgado Primero Administrativo Oral del Circuito de Quibdó había rechazado la procedencia del recurso de apelación interpuesto contra un auto que denegó la excepción previa de falta de legitimación en la causa por pasiva planteada por el servidor público demandado.

Sentido de la decisión

  • Recurso impugnado: recurso de apelación contra auto que denegó la excepción previa de falta de legitimación en la causa por pasiva y diferimiento del estudio de excepciones de mérito para la sentencia.
  • Decisión del tribunal: se confirma la negativa de concesión del recurso de apelación y se niega el recurso de queja interpuesto contra dicha negativa.
  • Órdenes: se ordena devolver el expediente al juzgado de origen para que continúe con las actuaciones procesales correspondientes.

Razón principal de la decisión

El Tribunal fundamentó su decisión en que, conforme al artículo 243 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, el auto que deniega la excepción previa y difiere la decisión sobre las excepciones de mérito para la sentencia no es susceptible de recurso de apelación. Por tanto, la providencia que rechazó el recurso de apelación fue considerada ajustada a derecho. En consecuencia, no procede el recurso de queja para revisar la decisión sobre la negativa de la apelación, pues este recurso tiene como finalidad única revisar la procedencia de la apelación y no el fondo del asunto.

Antecedentes fácticos y procesales relevantes

El proceso fue iniciado mediante medio de control de reparación directa contra una entidad hospitalaria y un servidor público, encaminado a establecer responsabilidad por perjuicios ocasionados con ocasión del óbito fetal de unos hijos. En la audiencia inicial, el juzgado denegó la excepción previa de falta de legitimación en la causa por pasiva planteada por el servidor público y diferió la valoración de las excepciones de mérito para la sentencia. Contra este auto, el servidor público interpuso recurso de reposición y en subsidio recurso de apelación. El juzgado rechazó este recurso de apelación por improcedente, al considerar que la providencia no es apelable. Posteriormente, se interpuso recurso de queja contra la negativa de concesión del recurso de apelación, el cual fue objeto de la presente decisión.

Efectos jurídicos de la providencia

  • La decisión confirma que no es procedente el recurso de apelación contra auto que deniega excepción previa y difiere decisión de mérito para sentencia, conforme a la normativa procesal vigente.
  • El proceso continúa en primera instancia, con el juzgado que conocerá y decidirá sobre las excepciones de mérito y demás aspectos sustanciales del caso.
  • El recurso de queja no modifica ni revoca la providencia impugnada, limitándose a confirmar la negativa de apelación.

Conclusión

El Tribunal Administrativo del Chocó, en segunda instancia, confirmó la denegación del recurso de apelación contra auto que negó la excepción previa de falta de legitimación en la causa por pasiva y diferimiento de estudio de excepciones de mérito. En consecuencia, negó el recurso de queja interpuesto contra dicha decisión, ordenando devolver el expediente al juzgado de origen para el trámite correspondiente. Esta decisión se basó en la interpretación literal de las normas procesales que regulan la apelación en el proceso administrativo, reafirmando la correcta aplicación del artículo 243 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo y garantizando la continuidad del proceso conforme a derecho.

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Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico.
Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.

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