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Modificaciones y alcance del Plan de Vigilancia y Control Fiscal Territorial

Proviene de: Conceptos

11 de septiembre de 2026 9:4:7

La Auditoría General de la República respondió a la solicitud de concepto realizada por la Contraloría Distrital de Cartagena de Indias, sobre modificaciones al Plan de Vigilancia y Control Fiscal (PVCF) y la posibilidad de modificar dicho plan durante su desarrollo. En primer lugar, se recordó que la Auditoría General tiene funciones constitucionales y legales específicas en el control fiscal, sin injerencia en decisiones propias de las entidades vigiladas, por lo que los conceptos emitidos tienen un carácter general y orientador, sin obligatoriedad. El concepto destaca que el PVCF es un proceso de planeación estratégica para la programación y seguimiento de auditorías, conforme a la normatividad vigente, incluyendo el Decreto Ley 403 de 2020, que establece criterios para su elaboración basados en competencias constitucionales, impacto económico, social o ambiental, especialización técnica, acceso a información y eficiencia en controles previos. Para las contralorías territoriales, la planeación se realiza mediante el PVCFT, que define sujetos, tipos de auditoría, objetivos, presupuesto y cronogramas, optimizando recursos humanos, tecnológicos y financieros, todo ello alineado con la Guía de Auditoría Territorial (GAT) versión 4.0.

Modificaciones al Plan de Vigilancia y Control Fiscal Territorial

En cuanto a modificaciones al PVCFT, la guía establece que estos cambios (inclusiones, retiros o ajustes en auditorías) deben ser solicitados y aprobados por las instancias competentes según los procedimientos internos de cada contraloría territorial. Las modificaciones son posibles durante la vigencia del plan, siempre que estén debidamente sustentadas con criterios técnicos y legales. Se concluye que el PVCFT es un instrumento estratégico susceptible de ajustes en su ejecución, sujetos a aprobación formal y fundamentación técnica, sin que esto constituya una actuación excepcional. Finalmente, se recuerda que el concepto tiene carácter orientador y no genera efectos jurídicos obligatorios, conforme al marco legal aplicable y jurisprudencia del Consejo de Estado. Los interesados pueden consultar estos conceptos jurídicos en el portal oficial de la Auditoría General de la República para mayor información y consulta.

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Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico.
Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.

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