Logo Avance JurÍdico S.A.S

El periódico legal que te mantiene un paso adelante.

Créditos

CONTACTO

asistentecomercial@redjurista.com

Cel: +57 311 501 67 64, +57 321 775 03 85

Dirección: Carrera 6N° 26B - 85 Piso 9

Ciudad: Bogotá D.C

Representante: Carlos Eduardo Borrero González

ISSN: 3114-9065

NUESTRO GRUPO

  • Avance Jurídico Casa Editorial
  • RedJurista
  • JurIA

© 2024, Avance Jurídico ● Términos de uso ● Política de privacidad

Logo XLogo instagramLogo InLogo WhatsappLogo TikTok
x
Tamaño de Fuente
Fondo
  • Temas
  • Tipos de documentos
  • Entidades
Abrir menú de filtros

Filtros

  • Temas
  • Grupos de personas
  • Tipos de documentos
  • Entidades
Cargando...

Proyecto de decreto: régimen de transición para contratos sindicales en entidades públicas de salud

Proviene de: Proyectos de Decreto

14 de septiembre de 2026 20:48:20

Entidad autora y tipo de acto

El proyecto es presentado conjuntamente por el Ministerio del Trabajo, el Ministerio de Salud y Protección Social y el Departamento Administrativo de la Función Pública, y se propone como un decreto presidencial que modifica una disposición reglamentaria previa.

Objeto del proyecto

El proyecto propone regular el régimen de transición aplicable a los contratos sindicales celebrados por entidades del sector público del área de salud, a fin de establecer plazos uniformes y verificables para la adaptación a las condiciones del Decreto 661 de 2026.

Cambios normativos concretos

Si se aprueba el proyecto, se modificaría el artículo 5 del Decreto 661 de 2026 para:
  • Establecer un término de transición de veinticuatro (24) meses desde la entrada en vigencia del decreto para la adaptación de los contratos sindicales.
  • Permitir la prórroga y celebración de nuevos contratos sindicales durante dicho término, con el límite de que su vigencia no exceda el plazo de transición.
  • Precisar que el régimen no autoriza ni convalida intermediación laboral ilegal ni afecta derechos laborales adquiridos.
  • Imponer la obligación a las entidades de elaborar y remitir un plan de adaptación y formalización, con un reporte periódico del avance y la información relacionada.
  • Establecer que la aplicación del régimen no crea empleos ni genera derechos automáticos de carrera administrativa, ni modifica las reglas de provisión y mérito en el empleo público.
  • Disponer que el incumplimiento de estas obligaciones será reportado ante los organismos de control competentes.

Obligaciones propuestas

Las entidades del sector público, en especial Empresas Sociales del Estado y otras instituciones públicas de salud, deberán:
  • Prorrogar o celebrar contratos sindicales vigentes durante el plazo de 24 meses contado desde la entrada en vigor del decreto.
  • Elaborar un plan de adaptación y formalización que incluya inventario de contratos, diagnóstico de planta de personal, alternativas de vinculación jurídica, estudios técnicos, estimación de costos y medidas de continuidad del servicio.
  • Remitir la información requerida conforme a los cronogramas y formatos que definirán las autoridades competentes dentro de los dos meses siguientes a la vigencia del decreto.
  • Reportar periódicamente el avance en la implementación del plan y la formalización del talento humano.

Ámbito de aplicación

La norma tendría aplicación en todo el territorio nacional y se dirigiría a entidades del sector público en salud, especialmente Empresas Sociales del Estado e Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud públicas que celebren contratos sindicales.

Estado legal y participación ciudadana

El proyecto de decreto se encuentra en consulta pública y no está en firme ni produce efectos legales. La consulta se realizará a través del Sistema Único de Consulta Pública (SUCOP) por un plazo excepcional de tres (3) días calendario. Durante este periodo, la ciudadanía podrá enviar observaciones y comentarios. Los canales habilitados incluyen la plataforma SUCOP y otros medios institucionales para garantizar la difusión y participación.

Régimen de transición

El proyecto establece expresamente un período de transición de 24 meses desde la entrada en vigencia del decreto para que las entidades realicen la adaptación progresiva y verificable de sus contratos sindicales a las disposiciones legales vigentes, evitando efectos inmediatos o discontinuidades en la prestación del servicio público de salud. En conclusión, el proyecto plantea una modificación puntual al régimen transitorio del Decreto 661 de 2026 en materia de contratos sindicales en el sector público de salud, definiendo un plazo uniforme y obligaciones para asegurar la adaptación gradual, sin alterar el marco sustantivo del decreto original. La norma sigue en etapa de consulta pública con un plazo breve para recibir aportes ciudadanos, lo que permitirá enriquecer el texto final y garantizar una implementación ordenada y transparente que proteja los derechos laborales y la continuidad del servicio público de salud.

Para continuar leyendo esta noticia y acceder a todas las funciones premium, adquiere uno de nuestros planes.

Ver planes disponibles

Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico.
Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.

Más noticias sobre Derecho Laboral

No se encontraron sugerencias