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Proyecto de resolución del INVIMA plantearía modificación parcial de tarifas para registros y certificaciones

Proviene de: Proyectos de Resolución

14 de septiembre de 2026 20:48:18

Entidad proponente y periodo de participación

El proyecto de resolución fue publicado por el INVIMA, adscrito al Ministerio de Salud y Protección Social, para recibir comentarios y observaciones de la ciudadanía durante un plazo establecido en septiembre de 2026. La participación se habilitaría mediante los canales oficiales dispuestos por la entidad.

Objeto del proyecto

El proyecto buscaría modificar parcialmente la Resolución No. 2025067543 del 22 de diciembre de 2015, actualizada por la resolución 2026033499 del 30 de junio de 2026, que establece las tarifas para la prestación de servicios por parte del INVIMA. Las modificaciones se centrarían en ajustar la descripción y alcance de ciertos códigos tarifarios relacionados con:
  • Registros sanitarios nuevos y renovaciones para medicamentos de síntesis química y gases medicinales.
  • Certificaciones de Buenas Prácticas de Manufactura (BPM) para medicamentos biológicos.
  • Expedición y renovación de registros, permisos y notificaciones sanitarias de alimentos, clasificados por riesgo y número de variedades.
  • Asignación o reconocimiento de códigos de notificación sanitaria obligatoria para productos cosméticos.
  • Cambios o modificaciones a notificaciones sanitarias obligatorias para productos de higiene doméstica y absorbentes de higiene personal.

Disposiciones y obligaciones propuestas

De expedirse la resolución, se establecerían las siguientes disposiciones principales:
  • Actualización y precisión en la descripción de las tarifas para servicios vinculados a registros sanitarios y certificaciones, incluyendo la distinción entre evaluación documental y evaluación con visita.
  • Aplicación de tarifas diferenciadas según el tamaño empresarial (micro, pequeña, mediana empresa), conforme a las disposiciones de la Ley 399 de 1997 y modificaciones posteriores, con exenciones y tarifas especiales para ciertos sectores y tipos de empresas.
  • Incorporación de la modalidad de renovación en la plataforma digital InvimÁgil para los trámites de alimentos, eliminando códigos tarifarios asociados a sistemas anteriores como la Oficina Virtual.
  • Determinación de tarifas en Unidades de Valor Básico (UVB), conforme a lo establecido en la normativa vigente, incluyendo valores específicos para cada código tarifario.
  • Racionalización administrativa y tecnológica sin crear requisitos adicionales, modificar plazos para la resolución de solicitudes ni alterar la vigencia de autorizaciones.
A continuación, se presenta una tabla resumen con algunos de los códigos tarifarios modificados y su valor en UVB:
CódigoConceptoValor en UVB
1001Registro sanitario nuevo de medicamento de síntesis química o gases medicinales1201.32
90025Microempresas y pequeños productores - Exceptuada de pago0.00
91028Tarifa diferenciada 40% para pequeña empresa480.53
92028Tarifa diferenciada 70% para mediana empresa840.95
1001-28Registro sanitario nuevo con evaluación farmacológica2054.23
93007Expedición y renovación del Registro Sanitario de Alimentos de Alto Riesgo (1 a 10 variedades)675.28
4006-9Visita de certificación en BPM de medicamentos biológicos (máximo 4 IFAs y productos)3289.31

Ámbito de aplicación

El proyecto aplicaría de manera general para todas las solicitudes presentadas ante el INVIMA relacionadas con los conceptos tarifarios mencionados. Esto incluye a fabricantes, importadores, distribuidores, y demás usuarios de los servicios del INVIMA a nivel nacional.

Excepciones y exclusiones

Se mantendrían las exenciones de pago para microempresas, pequeños productores, cooperativas, asociaciones mutuales, y asociaciones agropecuarias, étnicas y campesinas, conforme a lo dispuesto en las leyes aplicables (Ley 399 de 1997 y Ley 2069 de 2020).

Plazo y mecanismos de participación ciudadana

El proyecto estaría abierto a comentarios del público durante un periodo definido en septiembre de 2026. La ciudadanía podría presentar observaciones a través de los canales oficiales del INVIMA, disponibles en su página web. El procedimiento para la presentación de comentarios seguiría lo previsto en el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (Ley 1437 de 2011) y el Decreto 385 de 2026.

Base legal y efectos

La expedición de la resolución se fundamentaría en diversas disposiciones legales y reglamentarias, incluyendo artículos del Decreto 2078 de 2012, Ley 399 de 1997 y sus modificaciones, Decreto 1889 de 2021, Ley 2294 de 2023, y otras normas relacionadas con la fijación de tarifas públicas y la regulación sanitaria. El proyecto modificaría parcialmente la Resolución 2025067543 del 22 de diciembre de 2015 y la resolución 2026033499 del 30 de junio de 2026, sin crear nuevas tarifas ni incrementar valores vigentes, sino ajustando conceptos y procedimientos tarifarios. La resolución propuesta entraría en vigor a partir de su publicación en el Diario Oficial, una vez sea expedida. Actualmente, se trata de un proyecto sin efectos jurídicos vigentes, sujeto a la consideración de los comentarios ciudadanos y posteriores actos administrativos. En resumen, esta iniciativa busca modernizar y hacer más equitativas las tarifas aplicadas por el INVIMA, promoviendo la transparencia y facilitando el acceso a los servicios regulatorios para diferentes tipos de empresas y sectores productivos. La entidad invita a la ciudadanía y a los interesados a participar activamente en el proceso de consulta pública para enriquecer la propuesta y contribuir a un marco tarifario actualizado y ajustado a las necesidades actuales.

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Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico.
Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.

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