Entidad emisora, tipo y objeto de la norma
La resolución fue expedida por el Director Territorial de Santander del Instituto Geográfico Agustín Codazzi (IGAC) el 9 de septiembre de 2026. Su objeto es ajustar los porcentajes de incremento aplicables a los avalúos catastrales de las zonas homogéneas geoeconómicas rurales del municipio de San Joaquín, conforme a lo previsto en el artículo 49 de la Ley 2294 de 2023.
Cambios normativos concretos
La norma modifica los porcentajes de incremento de avalúos catastrales definidos en la Resolución IGAC 2057 de 30 de diciembre de 2025, exclusivamente para las zonas homogéneas geoeconómicas rurales del municipio de San Joaquín. Los ajustes corresponden a variaciones en los valores unitarios de terreno dentro del Sistema Nacional Catastral.
- Se sustituyen los porcentajes de incremento para las siguientes zonas geoeconómicas:
| Zona Geoeconómica |
% Resolución 2057 de 2025 |
% Ajustado Resolución 131 de 2026 |
| 11 | 587,00% | 225,00% |
| 12 | 1274,00% | 551,00% |
| 13 | 1166,00% | 714,00% |
| 14 | 2070,00% | 592,00% |
| 15 | 3372,00% | 1007,00% |
| 16 | 5325,00% | 1744,00% |
- Los valores para las zonas 01, 02, 03, 04, 05, 06, 07, 08, 09, 10, 17, 18 y 19 permanecen sin cambio.
Obligaciones creadas
- El IGAC debe actualizar la liquidación de avalúos catastrales para los predios rurales en las zonas homogéneas geoeconómicas del municipio de San Joaquín, aplicando los porcentajes reajustados a partir del 1° de enero de 2026.
- La Dirección Territorial del IGAC en Santander debe publicar la resolución y comunicarla al municipio de San Joaquín.
Ámbito de aplicación
La resolución tiene aplicación local y afecta únicamente a los predios rurales ubicados dentro de las zonas homogéneas geoeconómicas del municipio de San Joaquín, departamento de Santander.
Excepciones o exclusiones
No se establecen excepciones expresas adicionales a las previstas en la Ley 2294 de 2023 ni en la metodología adoptada por el IGAC. Se mantiene la exclusión general de predios que hayan sido objeto de formación o actualización catastral en los cinco años previos o que estén en proceso de actualización.
Base legal
La expedición de la norma se fundamenta en el artículo 49 de la Ley 2294 de 2023, el artículo 3° de la Ley 14 de 1983, el artículo 79 de la Ley 1955 de 2019 modificado por la Ley 2294 de 2023, los numerales 5 y 7 del artículo 30 del Decreto 846 de 2021, así como en la Resolución IGAC 1912 de 2024 y la Resolución IGAC 2057 de 2025.
Vigencia y régimen de transición
La resolución rige a partir de su publicación y actualiza los avalúos para la vigencia catastral con fecha 1° de enero de 2026. No procede recurso administrativo contra este acto en virtud de su carácter general según el artículo 75 de la Ley 1437 de 2011. No se establece un régimen de transición adicional.
Resumen final
La Resolución IGAC 131 de 2026 modifica los porcentajes de incremento de avalúos catastrales rurales en determinadas zonas del municipio de San Joaquín para la vigencia de 2026, actualizando el Sistema Nacional Catastral conforme a las validaciones técnicas y administrativas realizadas por la Dirección Territorial del IGAC en Santander. El acto es de carácter general y sustituye parcialmente los porcentajes establecidos en la Resolución 2057 de 2025 para ese municipio, garantizando una correcta valoración catastral acorde con las condiciones actuales del mercado rural local.