Naturaleza de la providencia y tribunal
Se trata de un auto proferido por el Tribunal Administrativo de Nariño en segunda instancia, en el marco del proceso de nulidad y restablecimiento del derecho, respecto de una sentencia de primera instancia emitida por el Juzgado Séptimo Oral Administrativo del circuito de Pasto.
Sentido de la decisión
- Se inadmite el recurso de apelación interpuesto por la entidad demandada por falta de sustentación, al no controvertir de manera concreta los aspectos jurídicos controvertidos en la sentencia de primera instancia.
- Se admite el recurso de apelación parcial presentado por la parte demandante, quien solicita la modificación de la sentencia para incluir factores salariales adicionales en la liquidación de la pensión de jubilación y reconocer la compatibilidad entre salario y pensión.
- Se advierte al Ministerio Público que podrá emitir concepto desde la admisión del recurso hasta antes del ingreso del proceso a despacho para sentencia.
Razón principal de la decisión
La Sala concluyó que el recurso de apelación debe reunir los requisitos de oportunidad, procedencia y sustentación. En particular, el requisito de sustentación implica que el apelante debe concretar en el escrito las razones de inconformidad con la sentencia. En este caso, la apelación de la entidad demandada no cumplió con este requisito, pues sus argumentos fueron generales y no contradecían el análisis probatorio ni jurídico realizado en primera instancia, incluyendo referencias a normas ajenas al objeto del proceso. Por tanto, no se admitió el recurso. Por el contrario, la apelación de la parte demandante cumplió con los requisitos y fue admitida parcialmente.
Antecedentes fácticos y procesales relevantes
La demanda buscaba la nulidad del acto administrativo que negó la pensión de jubilación y el reconocimiento, liquidación y pago de dicha prestación, con sus efectos legales y la condena en costas. En primera instancia, el juzgado accedió a las pretensiones de la demanda, reconociendo el derecho a la pensión y declarando la nulidad del acto administrativo. La parte demandada interpuso recurso de apelación cuestionando el reconocimiento de ciertos periodos laborales para efectos pensionales y la correcta aplicación del régimen legal. La parte demandante apeló parcialmente por la liquidación de la pensión y la compatibilidad con el salario.
El Tribunal revisó la oportunidad y procedencia de los recursos, determinando que ambos fueron presentados dentro del término legal. Sin embargo, en relación con la sustentación, el recurso de la entidad demandada fue considerado insuficiente para continuar el trámite.
Efectos jurídicos de la decisión
El auto vincula a las partes en cuanto a la admisión e inadmisión de los recursos de apelación. Se ordena continuar el trámite del recurso admitido y se advierte al Ministerio Público de su facultad para emitir concepto. Asimismo, se notifica a las partes y al Ministerio Público según lo previsto.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE.