Logo Avance JurÍdico S.A.S

El periódico legal que te mantiene un paso adelante.

Créditos

CONTACTO

asistentecomercial@redjurista.com

Cel: +57 311 501 67 64, +57 321 775 03 85

Dirección: Carrera 6N° 26B - 85 Piso 9

Ciudad: Bogotá D.C

Representante: Carlos Eduardo Borrero González

ISSN: 3114-9065

NUESTRO GRUPO

  • Avance Jurídico Casa Editorial
  • RedJurista
  • JurIA

© 2026, Avance Jurídico ● Términos de uso ● Política de privacidad

Logo XLogo instagramLogo InLogo WhatsappLogo TikTok
x
Tamaño de Fuente
Fondo
  • Temas
  • Tipos de documentos
  • Entidades
Abrir menú de filtros

Filtros

  • Temas
  • Grupos de personas
  • Tipos de documentos
  • Entidades
Cargando...

Resolución CREG 101 026 de 2022: Metodología tarifaria para soluciones solares individuales

Proviene de: Circulares

16 de septiembre de 2026 16:1:9

Entidad emisora, número, tipo de acto y fecha de expedición

La norma fue expedida por la Comisión de Regulación de Energía y Gas (CREG) mediante la Resolución 101 026 de 2022, el 7 de septiembre de 2026.

Objeto de la norma

Regula la metodología tarifaria para la prestación del servicio de energía eléctrica mediante soluciones individuales solares fotovoltaicas, estableciendo los cargos máximos trasladables al usuario.

Cambios normativos concretos

  • Incorpora una metodología tarifaria que reconoce costos particulares según la región y nivel de servicio.
  • Modifica la forma de calcular gastos de administración, mantenimiento y gestión comercial, incluyendo costos asociados a la dispersión geográfica y transporte en zonas de difícil acceso.
  • Elimina la necesidad de trámite administrativo para la aprobación de cargos máximos, permitiendo que los prestadores calculen estos valores aplicando las fórmulas definidas en la resolución.
  • Ofrece un modelo de cálculo detallado que facilita el entendimiento y aplicación de la metodología tarifaria.

Obligaciones creadas

Los prestadores del servicio deben:
  • Calcular los cargos máximos de prestación del servicio mediante el modelo definido por la CREG, utilizando parámetros como ubicación geográfica, nivel de servicio y variables económicas.
  • Diligenciar información relativa a usuarios atendidos, facturación, cartera vencida y subsidios, para alimentar el modelo tarifario.
  • Aplicar la metodología para determinar los costos trasladables en esquemas de facturación pospago y prepago.
  • Publicar los costos unitarios para efectos de publicidad conforme a la Ley 142 de 1994 y la Resolución CREG 101 026 de 2022.
  • Actualizar los cálculos mensualmente con base en el índice de precios al productor (IPP) y otros parámetros económicos.

Ámbito de aplicación y sujetos

La resolución tiene aplicación nacional y es de cumplimiento obligatorio para los prestadores del servicio de energía eléctrica que utilicen soluciones individuales solares fotovoltaicas.

Excepciones o exclusiones

No se establecen excepciones expresas en la norma.

Base legal

Faculta la expedición la Ley 142 de 1994 y el Decreto 1073 de 2015, modificado por el Decreto 099 de 2021, en particular el artículo 2.2.3.3.2.2.3.2 referente a la metodología de remuneración en Zonas No Interconectadas (ZNI).

Fecha de entrada en vigencia

La Resolución entra en vigencia a partir de su publicación, el 7 de septiembre de 2026.

Régimen de transición o plazos de implementación

No se establece un régimen de transición específico; sin embargo, la metodología permite la aplicación inmediata de las fórmulas y procedimientos para el cálculo de cargos máximos.

Descripción del modelo de cálculo

El modelo tarifario contempla:
  • Determinación de la ubicación del sistema solar fotovoltaico (departamento y municipio) y el nivel de servicio, que incluye tipo de sistema (corriente directa o alterna), almacenamiento y consumo mínimo diario de energía.
  • Identificación y valoración de unidades constructivas (paneles, inversores, reguladores, baterías, estructuras, redes, elementos de medición, entre otros), con costos asociados y vida útil.
  • Cálculo del costo de transporte desde la ciudad de referencia hasta el punto de instalación, considerando modalidades terrestres, aéreas, marítimas y fluviales, así como tipo de vía y distancias.
  • Estimación de gastos de administración, mantenimiento y gestión comercial, desglosados en componentes relacionados con número de usuarios, valor de inversiones, atención directa, nivel de facturación y remuneración del prestador.
  • Cálculo del costo unitario de prestación del servicio, expresado en pesos diarios y pesos por kilovatio hora, para esquemas pospago y prepago.
  • Determinación del valor a trasladar al usuario, teniendo en cuenta subsidios y disponibilidad del servicio.

Procedimiento para el traslado de costos al usuario

Para esquemas de facturación pospago y prepago, el modelo establece:
  • La forma de calcular los cargos máximos de inversión y gastos de administración, mantenimiento y gestión comercial trasladables.
  • La aplicación de subsidios previstos en la Ley 142 de 1994 y su descuento correspondiente.
  • La consideración de ciclos de facturación que abarquen períodos en meses distintos.
  • El porcentaje imputado por concepto de recuperación de consumos adeudados en esquemas prepago.

Información y reportes requeridos

Los prestadores deben suministrar información referida a:
  • Número de usuarios atendidos, incluyendo usuarios en el Sistema Interconectado Nacional (SIN) y en Zonas No Interconectadas (ZNI).
  • Valores facturados por servicio SISFV.
  • Saldos de cartera vencida y cartera generada por menor cobro por subsidios.
  • Tasa del costo financiero del capital de trabajo.
  • Disponibilidad del servicio y subsidios aplicables.

Disposición sobre la publicidad de costos

Con base en los cálculos del modelo tarifario, los prestadores pueden publicar los costos unitarios para efectos de publicidad conforme al artículo 125 de la Ley 142 de 1994 y artículo 12 de la Resolución CREG 101 026 de 2022.

Control de cambios

El manual y modelo de cálculo han sido revisados y actualizados en varias ocasiones, con la última versión fechada el 7 de septiembre de 2026, aprobada por el equipo técnico y los responsables de la Comisión. --- Este resumen ejecutivo presenta los aspectos esenciales de la Resolución CREG 101 026 de 2022, facilitando su comprensión para especialistas y público interesado, sin incluir análisis político o valorativo. La norma busca promover la eficiencia y transparencia en la prestación del servicio de energía mediante soluciones solares individuales, contribuyendo al desarrollo de energías renovables y la inclusión energética en todo el territorio nacional.

Para continuar leyendo esta noticia y acceder a todas las funciones premium, adquiere uno de nuestros planes.

Ver planes disponibles

Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico.
Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.

Más noticias sobre Energía

No se encontraron sugerencias