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Resolución 502181 de 2025: aprobación del Mercado Relevante y cargo de distribución de gas en Caldas

Proviene de: Resoluciones

16 de septiembre de 2026 16:0:56

Entidad emisora, número y objeto de la norma

La Resolución 502181 de 2025 fue expedida por la Comisión de Regulación de Energía y Gas (CREG) el 8 de noviembre de 2025. Su objeto es aprobar el Mercado Relevante de Distribución integrado por los municipios de Filadelfia y La Merced, departamento de Caldas, y establecer el cargo por uso del sistema de distribución de gas natural por redes de tubería para dicho mercado durante el siguiente período tarifario.

Cambios normativos concretos

  • Se aprueba el Mercado Relevante de Distribución para los municipios mencionados, conforme a la metodología vigente.
  • Se fija un único cargo de distribución para usuarios residenciales y usuarios diferentes al residencial, dado que todos los usuarios están conectados a la red secundaria del sistema.
  • Se establecen los valores de los cargos de distribución por metro cúbico, desglosados en componente de inversión (excluyendo recursos públicos) y gastos de administración, operación y mantenimiento (AOM).
  • Se confirma la vigencia de las fórmulas tarifarias establecidas en la Resolución CREG 137 de 2013 para este mercado.
  • Se determina la vigencia de los cargos y fórmulas tarifarias por cinco años, contados desde la firmeza de la resolución.

Obligaciones creadas

  • Las empresas prestadoras del servicio público domiciliario de gas combustible debidamente constituidas y registradas como distribuidoras en el Sistema Único de Información (SUI) deben aplicar los cargos de distribución aprobados para el mercado relevante mencionado.
  • Los cargos de distribución aprobados deben actualizarse conforme a lo dispuesto en la metodología vigente y las resoluciones modificatorias aplicables.
  • La norma establece la obligación de notificar esta resolución a la empresa distribuidora interesada y al Ministerio de Minas y Energía – Fondo Especial Cuota de Fomento.

Ámbito de aplicación

La resolución tiene aplicación regional, específicamente para el Mercado Relevante de Distribución conformado por los municipios de Filadelfia y La Merced en el departamento de Caldas. Está dirigida a las empresas distribuidoras de gas combustible por redes de tubería que presten servicios en dicho mercado.

Excepciones o exclusiones

No se establecen excepciones expresas en la resolución respecto a la aplicación de los cargos o a las obligaciones de las empresas distribuidoras en el mercado relevante aprobado.

Base legal y vigencia

La expedición de la resolución se fundamenta en la Ley 142 de 1994 y sus modificaciones, así como en los decretos 2253 de 1994 y 1260 de 2013. En particular, se cita el artículo 126 de la Ley 142 modificado por la Ley 2099 de 2021 para la vigencia de fórmulas tarifarias de cinco años. La resolución entra en vigencia desde la fecha en que quede en firme y su vigencia para los cargos es de cinco años.

Régimen de transición y plazos

Se establece que, vencido el plazo de vigencia de las fórmulas tarifarias, estas continuarán aplicándose mientras la Comisión no fije unas nuevas. No se contemplan otros plazos de transición o implementación más allá de los ya previstos para la vigencia de las tarifas y fórmulas.
ConceptoUnidadUsuarios ResidencialesUsuarios Diferentes a Residenciales
Cargo de distribución total$/m³962.26962.26
Componente inversión (excluyendo recursos públicos)$/m³552.47552.47
Componente gastos AOM$/m³409.79409.79
En conclusión, la Resolución 502181 de 2025 consolida el marco regulatorio para la distribución de gas natural en los municipios de Filadelfia y La Merced, garantizando un régimen tarifario estable y claro para los próximos cinco años. Esta medida contribuirá a una mejor prestación del servicio y a la transparencia en la aplicación de cargos para los usuarios residenciales y no residenciales en el mercado relevante aprobado.

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Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico.
Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.

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