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Proyecto de resolución del Ministerio de Agricultura adoptaría nuevo reglamento técnico para productos orgánicos

Proviene de: Proyectos de Resolución

18 de septiembre de 2026 13:45:23

Entidad proponente y fecha de publicación

El proyecto fue presentado por el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural y se encuentra publicado para comentarios y participación ciudadana. La fecha exacta de publicación y el plazo para observaciones se deben consultar en el medio oficial correspondiente.

Objeto del proyecto

El proyecto establecería un nuevo Reglamento Técnico que regularía la producción, recolección, transformación, certificación, comercialización, importación, exportación, etiquetado, vigilancia y control de los productos orgánicos de origen primario en Colombia.

Disposiciones y obligaciones propuestas

De expedirse, el proyecto crearía las siguientes disposiciones y obligaciones principales:
  • Adopción de un reglamento técnico integral que incluiría anexos técnicos con listas oficiales de sustancias, insumos, aditivos y tratamientos permitidos, restringidos o prohibidos para la producción orgánica certificada.
  • Definición clara del alcance, aplicable a productos orgánicos agrícolas, pecuarios, pesqueros, acuícolas y forestales, así como a la cadena de suministro de estos productos.
  • Establecimiento de principios básicos para la producción orgánica, incluyendo salud, ecología, equidad, precaución, prohibición de organismos genéticamente modificados, reducción de insumos externos, bienestar animal e integridad de los procesos.
  • Obligación para las personas naturales y jurídicas involucradas en la producción, recolección, procesamiento, certificación, comercialización, importación o exportación de productos orgánicos de cumplir con los requisitos del reglamento.
  • Reconocimiento y registro por parte del Ministerio de Agricultura de los Organismos Evaluadores de la Conformidad acreditados, responsables de la certificación de los productos orgánicos.
  • Certificación obligatoria para los productos comercializados como orgánicos, otorgada por organismos acreditados y registrados.
  • Revisión periódica del reglamento técnico cada cinco años para evaluar su permanencia, modificación o derogación.
  • Verificación por parte del Instituto Colombiano Agropecuario (ICA) de los insumos agropecuarios permitidos para la producción orgánica.
  • Disposiciones sobre el tratamiento de la información relacionada con la producción orgánica para garantizar confidencialidad y seguridad.
  • Un periodo de transición de doce meses para la adopción completa del reglamento por los operadores y organismos involucrados.
  • Derogatoria de las resoluciones previas relacionadas con la producción orgánica (Resoluciones 148 de 2004, 036 de 2007, 187 de 2006 y 199 de 2016).

Ámbito de aplicación

El reglamento técnico aplicaría a nivel nacional y vincularía a todas las personas naturales y jurídicas involucradas en la cadena productiva de productos orgánicos de origen primario. Se mantendrían vigentes las normativas específicas de cada sector y producto, sin que el reglamento derogara o modificara dichas normas, sino que establecería criterios diferenciales para la certificación y denominación de productos orgánicos.

Excepciones o exclusiones

El proyecto no derogaría ni modificaría la normativa vigente aplicable a cada categoría de producto y sector, limitándose a establecer reglas para la certificación y denominación orgánica dentro del Subsistema Nacional de la Calidad.

Plazo y mecanismos de participación ciudadana

El proyecto indicaría un plazo para la presentación de comentarios y observaciones, cuya duración y fecha límite se encontrarían en la publicación oficial del proyecto. Los mecanismos previstos para la participación ciudadana incluirían canales como correo electrónico, formularios web o radicación física ante el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, conforme a los requisitos formales señalados en la convocatoria pública.

Base legal y marco normativo

El proyecto tendría como fundamento legal las facultades otorgadas por el artículo 208 de la Constitución Política, los artículos 59 y 60 de la Ley 489 de 1998, el artículo 3 del Decreto 1985 de 2013, el Estatuto del Consumidor (Ley 1480 de 2011), y el Decreto 1074 de 2015, entre otros. Además, se alinea con la Decisión 486 de 2000 de la Comunidad Andina y el Acuerdo sobre Obstáculos Técnicos al Comercio (OTC/OMC). El proyecto buscaría derogar el marco regulatorio actual sobre producción orgánica, mediante la derogatoria expresa de varias resoluciones anteriores relacionadas con el sello y certificación de alimentos ecológicos. --- Este resumen ejecutivo se presenta a partir del texto del proyecto de resolución, sin que sus disposiciones sean aún de aplicación ni tengan efectos jurídicos vigentes. La participación ciudadana podrá incidir en su formulación final durante el periodo de comentarios establecido, permitiendo así que se ajusten y mejoren las disposiciones para garantizar el desarrollo sostenible y la competitividad del sector orgánico en Colombia.

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Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico.
Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.

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