Entidad emisora, número, tipo de acto y fecha
La resolución fue expedida por la Gerencia General de TRANSMILENIO S.A., con número R-DC-025, en julio de 2026.
Objeto de la norma
La norma modifica parcialmente el Código de Integridad de TRANSMILENIO S.A. para incorporar lineamientos específicos de ética y conducta vinculados al Sistema de Administración del Riesgo de Lavado de Activos, Financiación del Terrorismo y de la Proliferación de Armas de Destrucción Masiva (SARLAFT), y para precisar su articulación con el Programa de Transparencia y Ética Empresarial (PTEE).
Cambios normativos concretos
- Adición de un capítulo denominado “Código de Ética y Conducta del SARLAFT” al Código de Integridad.
- Reconocimiento del Código de Integridad como Código de Ética y Buen Gobierno aplicable al PTEE.
- Corrección terminológica en el Código de Integridad: sustitución del término “Gestores Éticos” por “Gestores de Integridad”.
- Establecimiento de la aplicación armónica de las disposiciones con otros instrumentos internos relacionados con integridad, transparencia y prevención de la corrupción.
Obligaciones creadas
Las personas vinculadas y quienes actúen en nombre o representación de TRANSMILENIO S.A. deberán:
- Orientar su conducta bajo los valores institucionales (honestidad, respeto, compromiso, diligencia, justicia y empatía).
- Actuar con transparencia, rectitud y debida diligencia en actividades relacionadas con la prevención del lavado de activos, financiación del terrorismo y proliferación de armas de destrucción masiva.
- Conocer, aplicar y cumplir las políticas, manuales, procedimientos, matrices de riesgo, controles y señales de alerta del SARLAFT.
- Abstenerse de facilitar o participar en operaciones relacionadas con lavado de activos, financiación del terrorismo o proliferación de armas.
- Reportar oportunamente, a través de canales internos, operaciones inusuales o sospechosas, conflictos de interés o situaciones que comprometan la integridad institucional.
- Suministrar información veraz, completa y verificable en procesos de conocimiento de contrapartes, debida diligencia y monitoreo.
- Proteger la confidencialidad, reserva, integridad y disponibilidad de la información relacionada con el SARLAFT.
- Evitar y gestionar oportunamente conflictos de interés conforme a procedimientos internos.
- Participar en jornadas de capacitación y sensibilización sobre prevención de riesgos LA/FT/FP.
- Asumir las consecuencias legales, disciplinarias, contractuales o administrativas por incumplimiento de deberes asociados al SARLAFT.
Ámbito de aplicación
La resolución es aplicable a todas las personas vinculadas a TRANSMILENIO S.A. y a quienes actúen en su representación. El ámbito es institucional y se relaciona con actividades sujetas al SARLAFT y al Programa de Transparencia y Ética Empresarial.
Excepciones o exclusiones
No se establecen excepciones expresas en la resolución.
Base legal
La norma se expide en ejercicio de las facultades legales y estatutarias del Gerente General de TRANSMILENIO S.A., en especial las conferidas por el artículo 5 del Acuerdo de la Junta Directiva No. 05 de 2025, y en concordancia con disposiciones constitucionales y normativas nacionales y distritales, así como resoluciones de la Superintendencia de Transporte relacionadas con el SARLAFT y el PTEE.
Fecha de entrada en vigencia
La resolución rige a partir de su fecha de publicación en septiembre de 2026.
Régimen de transición
Se asigna a la Subdirección de Talento Humano y demás dependencias competentes la responsabilidad de adelantar acciones de divulgación, formación, seguimiento y actualización para la implementación efectiva de la resolución. La Subdirección también deberá revisar la necesidad de actualizar documentos institucionales para su alineación con la nueva normativa, garantizando así una adecuada incorporación de los cambios y el fortalecimiento de la cultura de integridad dentro de la entidad.