Entidad emisora y objeto de la norma
La norma fue expedida por la Comisión de Regulación de Energía y Gas (CREG) como un acto administrativo que tiene por objeto establecer las metas de calidad media para los años octavo y noveno del periodo tarifario vigente, conforme a la metodología establecida en la Resolución CREG 015 de 2018, para la empresa Distribuidora del Pacífico S.A. E.S.P.
Cambios normativos concretos
- Se fijan las metas específicas para los indicadores de duración de eventos (SAIDIMj,t) y frecuencia de eventos (SAIFIMj,t) para los años octavo y noveno del periodo tarifario de aplicación de la Resolución CREG 015 de 2018.
- Se establecen las bandas de indiferencia para cada indicador y año, definiendo límites inferiores y superiores para la calidad media del servicio.
- Se formaliza el procedimiento para la notificación y publicación de la resolución, así como el derecho al recurso de reposición en contra de sus disposiciones.
Obligaciones creadas
- La empresa Distribuidora del Pacífico S.A. E.S.P. debe cumplir con las metas de calidad media establecidas para los indicadores de duración y frecuencia de eventos durante los años octavo y noveno del periodo tarifario.
- La CREG debe notificar formalmente a la empresa sobre la resolución y publicar el acto administrativo en el Diario Oficial una vez esté en firme.
- Los interesados podrán interponer recurso de reposición ante la Dirección Ejecutiva de la CREG dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la notificación, conforme al artículo 113 de la Ley 142 de 1994.
Ámbito de aplicación
Esta resolución tiene aplicación nacional en cuanto a la regulación tarifaria y de calidad del servicio eléctrico, y está dirigida específicamente a la empresa Distribuidora del Pacífico S.A. E.S.P., como operador de red en el Sistema Interconectado Nacional.
Excepciones o exclusiones
No se establecen excepciones o exclusiones expresas en la resolución para la empresa ni para los indicadores de calidad señalados.
Base legal
La expedición de esta resolución se fundamenta en las atribuciones constitucionales y legales conferidas por las Leyes 142 y 143 de 1994, y en los decretos reglamentarios 1524, 2253 de 1994 y 1260 de 2013. Además, se desarrolla el marco normativo establecido en la Resolución CREG 015 de 2018 y sus modificaciones posteriores.
Fecha de entrada en vigencia
La resolución entra en vigencia a partir de su publicación en el Diario Oficial, una vez quede en firme la notificación a la empresa.
Régimen de transición
Para la definición de las metas de calidad media del octavo y noveno año, se aplicó la metodología prevista en la Resolución CREG 015 de 2018 y en las circulares CREG 053 de 2024, CREG 124 de 2025 y CREG 254 de 2026, incluyendo la aplicación de una reducción del 8% en los indicadores respecto al año anterior del periodo tarifario.
Metas de calidad media para el indicador de duración de eventos (SAIDIMj,t) [horas]
| Año del periodo tarifario |
Meta |
Banda de indiferencia - Límite inferior |
Banda de indiferencia - Límite superior |
| 8 |
39.573 |
39.375 |
39.770 |
| 9 |
36.407 |
36.225 |
36.589 |
Metas de calidad media para el indicador de frecuencia de eventos (SAIFIMj,t) [veces]
| Año del periodo tarifario |
Meta |
Banda de indiferencia - Límite inferior |
Banda de indiferencia - Límite superior |
| 8 |
20.589 |
20.486 |
20.692 |
| 9 |
18.942 |
18.847 |
19.036 |
Con esta resolución, la CREG reafirma su compromiso con la mejora continua en la calidad del servicio eléctrico, estableciendo metas claras y medibles que permitan evaluar el desempeño de Distribuidora del Pacífico S.A. E.S.P. durante los próximos años. Además, se busca garantizar a los usuarios un suministro eléctrico confiable y eficiente, en línea con los estándares nacionales e internacionales.