Entidad emisora, tipo de norma y fecha
La norma fue expedida por la Presidencia de la República de Colombia, mediante la Resolución Ejecutiva número 429 de 2026, con fecha 21 de septiembre de 2026, y fue publicada en el Diario Oficial No. 53.635 del 22 de septiembre de 2026.
Objeto de la norma
La Resolución regula el retiro de la designación otorgada a un exmiembro de las autodenominadas Autodefensas Unidas de Colombia, quien había sido nombrado gestor de paz.
Cambios normativos concretos
- Se retira la designación como gestor de paz al exmiembro del grupo armado mencionado.
- Se ordena comunicar esta decisión a la autoridad competente para los efectos legales correspondientes.
- Se establece que la resolución rige a partir de su fecha de expedición.
Obligaciones creadas
- La Oficina del Consejero Comisionado de Paz debe comunicar la resolución a la autoridad correspondiente en el marco de la Ley 418 de 1997 y sus modificaciones.
- Dicha autoridad debe actuar conforme a sus competencias legales respecto al retiro de la designación.
Ámbito de aplicación y sujetos obligados
La norma tiene ámbito nacional y aplica a la administración pública en lo relacionado con la gestión de paz y la implementación de medidas sobre exmiembros de grupos armados organizados al margen de la ley. Está dirigida específicamente a la Oficina del Consejero Comisionado de Paz y a las autoridades competentes para efectos de la comunicación y aplicación de la medida.
Excepciones o exclusiones
La resolución no establece excepciones ni exclusiones expresas en su texto.
Base legal para la expedición
La norma se fundamenta en las atribuciones constitucionales del Presidente de la República, en especial el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política, la Ley 418 de 1997 modificada por la Ley 2272 de 2022, y el Decreto 1175 de 2016, entre otras disposiciones legales relacionadas con la política de paz y el manejo de grupos armados organizados al margen de la ley.
Fecha de entrada en vigencia
La resolución rige a partir de la fecha de su expedición, es decir, desde el 21 de septiembre de 2026.
Régimen de transición o plazos de implementación
No se establece un régimen de transición ni plazos adicionales para la implementación de la medida, más allá de la comunicación inmediata a la autoridad pertinente por parte de la Oficina del Consejero Comisionado de Paz.
Conclusión
Con esta resolución, la Presidencia de la República reafirma su compromiso con la política de paz y la integridad del proceso de reconciliación, asegurando que los gestores de paz designados cumplan con los estándares éticos y legales necesarios para contribuir efectivamente a la construcción de una sociedad pacífica y justa. La medida busca fortalecer la confianza en las instituciones encargadas de la paz y garantizar la transparencia en la designación y retiro de funcionarios públicos en este ámbito.