Logo Avance JurÍdico S.A.S

El periódico legal que te mantiene un paso adelante.

Créditos

CONTACTO

asistentecomercial@redjurista.com

Cel: +57 311 501 67 64, +57 321 775 03 85

Dirección: Carrera 6N° 26B - 85 Piso 9

Ciudad: Bogotá D.C

Representante: Carlos Eduardo Borrero González

ISSN: 3114-9065

NUESTRO GRUPO

  • Avance Jurídico Casa Editorial
  • RedJurista
  • JurIA

© 2026, Avance Jurídico ● Términos de uso ● Política de privacidad

Logo XLogo instagramLogo InLogo WhatsappLogo TikTok
x
Tamaño de Fuente
Fondo
  • Temas
  • Tipos de documentos
  • Entidades
Abrir menú de filtros

Filtros

  • Temas
  • Grupos de personas
  • Tipos de documentos
  • Entidades
Cargando...

Auto del Tribunal Administrativo de Cundinamarca requiere subsanar demanda de acción de cumplimiento

Proviene de: Sentencias

23 de septiembre de 2026 20:57:33

Naturaleza de la providencia y tribunal

Se trata de un auto interlocutorio dictado por la Sección Primera, Subsección B del Tribunal Administrativo de Cundinamarca, en trámite de primera instancia sobre una acción de cumplimiento presentada contra el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural.

Sentido de la decisión

La providencia resuelve:
  • Requerir a la parte demandante para que, en el término de dos (2) días, allegue el escrito de demanda corregido, incluyendo la determinación concreta de la norma con fuerza material de ley o acto administrativo incumplido, así como la prueba de la renuencia de la autoridad demandada.

Razón principal de la decisión

El tribunal fundamenta su decisión en el incumplimiento de los requisitos establecidos en la Ley 393 de 1997 para la admisión de la acción de cumplimiento. Particularmente, señala que la demanda no identifica de manera concreta la norma o acto administrativo cuyo cumplimiento se reclama, ni aporta la prueba de la renuencia de la autoridad correspondiente. Dicha ausencia impide admitir la demanda en esta etapa procesal.

Antecedentes fácticos y procesales

La parte demandante presentó una acción de cumplimiento invocando el artículo 87 de la Constitución Política y la Ley 393 de 1997, con argumentos relacionados con la protección del medio ambiente, recursos hídricos, ecosistemas de páramo y derechos humanos. En la demanda se citan normas constitucionales y principios ambientales, así como pronunciamientos jurisprudenciales sobre la necesidad de adoptar medidas preventivas frente a riesgos ambientales. Sin embargo, no se señala una norma o acto administrativo específico cuyo incumplimiento se persiga ni se describe claramente la obligación incumplida por parte del Ministerio demandado.

Efectos jurídicos de la providencia

Con este auto, el tribunal ordena a la parte demandante presentar una demanda corregida que cumpla con los requisitos formales legales, bajo apercibimiento de rechazo en caso de incumplimiento. La providencia vincula a la parte actora a subsanar la demanda para que el proceso pueda continuar su trámite. NOTIFÍQUESE CÚMPLASE Magistrado Ponente de la Sección Primera del Tribunal Administrativo de Cundinamarca

Para continuar leyendo esta noticia y acceder a todas las funciones premium, adquiere uno de nuestros planes.

Ver planes disponibles

Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico.
Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.

Más noticias sobre Medio Ambiente

No se encontraron sugerencias