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Auto del Tribunal Administrativo de La Guajira niega corrección de liquidación en proceso de nulidad y restablecimiento del derecho

Proviene de: Sentencias

23 de septiembre de 2026 21:7:13

Naturaleza de la providencia y tribunal

Se trata de un auto proferido por el Tribunal Administrativo de La Guajira en segunda instancia, en el marco de un proceso de nulidad y restablecimiento del derecho. La providencia resuelve una solicitud de corrección formulada respecto a un auto previo del mismo tribunal.

Sentido de la decisión

  • Solicitud de corrección: Negada.
  • Motivo principal: La solicitud pretendía modificar los valores utilizados para la liquidación de la condena, lo que implica alterar el sentido material de la decisión, y no solo corregir un error aritmético o de redacción.

Razón principal de la decisión

El tribunal aplicó el artículo 286 del Código General del Proceso, que permite corregir errores aritméticos o de omisión contenidos en las providencias, siempre que no alteren el sentido o alcance de la decisión. La jurisprudencia del Consejo de Estado establece que tales correcciones tienen un alcance restrictivo y no pueden utilizarse para modificar el fondo de la decisión ni para revaluar pruebas o fundamentos jurídicos. En este caso, la parte solicitante buscaba cambiar los valores que sirvieron de base para la liquidación de la condena, lo que implicaría una nueva valoración y un cambio en el resultado económico reconocido. Por ello, el tribunal concluyó que la petición no se encuadra en la corrección de errores aritméticos permitida, sino que pretende una modificación sustancial, por lo que negó la solicitud.

Antecedentes

El proceso se originó con una demanda contra la Nación - Ministerio de Defensa - Policía Nacional, que en primera instancia fue favorable a la parte demandante mediante sentencia de 2017, confirmada por el tribunal en 2018. Posteriormente, la parte demandante presentó un incidente de liquidación de condena resuelto en 2019, contra cuya decisión interpuso recurso de apelación concedido en 2021 y resuelto en 2024 mediante un auto del tribunal. Tras la emisión del auto del 24 de julio de 2024, la parte solicitó la corrección de dicho auto con el objetivo de modificar el valor tomado como concepto de asignación de retiro del año 1999, petición que fue objeto de la decisión aquí resumida.

Efectos jurídicos

El auto niega la solicitud de corrección y ordena archivar el expediente una vez ejecutoriada la decisión. Así, se mantiene firme la liquidación de condena establecida en el auto del 24 de julio de 2024, sin modificaciones en los valores o cálculos realizados.

Conclusión

El Tribunal Administrativo de La Guajira ratificó que la corrección de errores en providencias tiene un alcance limitado y rechazó la solicitud que pretendía modificar el contenido sustancial de la liquidación de condena, confirmando con ello la validez del auto previo. La decisión reafirma la importancia de respetar los límites legales para la corrección de autos y garantiza la seguridad jurídica en los procesos administrativos.

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Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico.
Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.

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