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Auto del Tribunal Administrativo de Risaralda remite demanda por nulidad y restablecimiento del derecho a jueces administrativos

Proviene de: Sentencias

23 de septiembre de 2026 21:23:11

Naturaleza de la providencia y tribunal

Se trata de un auto emitido por el Tribunal Administrativo de Risaralda, en primera instancia, en el marco de un proceso de nulidad y restablecimiento del derecho.

Sentido de la decisión

El Tribunal resolvió remitir la demanda y sus anexos a los jueces administrativos del circuito para su correspondiente reparto, por considerar que carece de competencia para conocer el asunto planteado.
  • Remisión de la demanda a los jueces administrativos del circuito correspondiente.

Razón principal de la decisión

La decisión se basa en la interpretación del artículo 15-5 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA), modificado por la Ley 2080 de 2021, que establece que los jueces administrativos conocen en primera instancia de los procesos de nulidad y restablecimiento del derecho de carácter laboral que no provengan de un contrato de trabajo, sin importar su cuantía, contra actos administrativos de cualquier autoridad. Además, el mismo artículo dispone que los jueces administrativos son competentes para conocer procesos de nulidad y restablecimiento del derecho sin cuantía contra actos administrativos expedidos por autoridades del orden municipal. Dado que el caso involucra una demanda laboral sin cuantía dirigida contra una autoridad del orden municipal, la competencia corresponde a los jueces administrativos del circuito.

Antecedentes fácticos y procesales

Una profesional universitaria adscrita a la Dirección Operativa Técnica de la Contraloría Municipal presentó demanda de nulidad y restablecimiento del derecho contra la Contraloría Municipal, solicitando que se declare la nulidad de una resolución que le asignó funciones adicionales relacionadas con la elaboración, certificación y reporte de información contable institucional, y que se declare que dichas funciones no hacen parte de sus obligaciones. Posteriormente, la misma actora impugnó la resolución que negó la solicitud de revocatoria directa contra la primera decisión. El proceso fue instaurado en primera instancia ante el Tribunal Administrativo de Risaralda.

Efectos jurídicos de la decisión

La providencia ordena la remisión de la demanda y sus anexos a los jueces administrativos del circuito correspondiente, quienes tienen la competencia para conocer y decidir sobre el fondo del proceso. Esta resolución implica que el Tribunal Administrativo de Risaralda se abstiene de conocer el asunto por falta de competencia, y transfiere la causa a la instancia judicial adecuada, conforme a la normativa procesal vigente.

Notificación

El auto fue notificado a través de los medios electrónicos habilitados y dispone el trámite de la remisión por conducto de la Oficina Judicial para su reparto en los juzgados administrativos del circuito. Con esta decisión, se garantiza el respeto al debido proceso y la correcta aplicación de la competencia jurisdiccional, asegurando que la demanda sea tramitada por la autoridad judicial competente para resolver sobre el fondo del asunto.

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Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico.
Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.

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