Naturaleza de la providencia y tribunal
La providencia es un auto dictado por el Tribunal Administrativo de Risaralda, en el marco de un proceso de protección de derechos e intereses colectivos, en sede de apelación contra una sentencia de primera instancia.
Sentido de la decisión
- Se adiciona el auto proferido el 14 de abril de 2026 para corregir el efecto en que fue concedido el recurso de apelación interpuesto por el municipio demandado.
- Se determina que el recurso de apelación deberá tramitarse en efecto suspensivo y no en efecto devolutivo, conforme a lo dispuesto en el parágrafo 1º del artículo 243 del CPACA modificado por la Ley 2080 de 2021.
- Se ordena informar al juzgado de primera instancia sobre la corrección del efecto en que fue concedida la apelación.
Razón principal de la decisión
El tribunal sostuvo que la regulación especial contenida en el CPACA, modificada por la Ley 2080 de 2021, establece que el recurso de apelación contra sentencias en procesos de esta jurisdicción debe concederse en efecto suspensivo. Esta disposición prevalece sobre la regla general del Código General del Proceso que permite conceder el recurso en efecto devolutivo, dado que el estatuto procesal especial es aplicable en esta materia y no resulta compatible acudir a las normas generales para definir el efecto del recurso.
Antecedentes fácticos y procesales
El municipio demandado interpuso recurso de apelación contra la sentencia de primera instancia, que había sido concedido inicialmente en efecto devolutivo por el juzgado de primera instancia. Mediante escrito presentado dentro del término de ejecutoria, el apoderado del municipio solicitó la adición del auto para que se adecuara el efecto del recurso conforme a la normativa vigente. El tribunal verificó que la solicitud se realizó dentro del plazo legal y que era procedente la adición de la providencia.
Efectos jurídicos de la decisión
- El recurso de apelación contra la sentencia de primera instancia se tramitará en efecto suspensivo, lo que implica que la ejecución de la sentencia queda suspendida mientras se resuelve el recurso.
- Se comunica al juzgado de primera instancia para que continúe el trámite conforme a esta corrección.
NOTIFÍQUESE.