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Auto del Tribunal Administrativo de Santander ordena requerimiento a empresa pública para informar sobre pacto de cumplimiento

Proviene de: Sentencias

23 de septiembre de 2026 21:35:44

Naturaleza de la providencia y tribunal

Se trata de un auto proferido por el Tribunal Administrativo de Santander en la jurisdicción de lo contencioso administrativo, dentro de un proceso de medio control para la protección de derechos e intereses colectivos.

Sentido de la decisión

El tribunal resolvió ordenar lo siguiente:
  • Requerir a la entidad demandada, una empresa de servicios públicos de acueducto, alcantarillado y aseo, para que en el término de diez (10) días hábiles siguientes a la notificación de este auto informe al proceso si existe fórmula de pacto de cumplimiento que permita dar por terminado anticipadamente el proceso.
  • Solicitar la aportación de la respectiva certificación del Comité de conciliación de dicha entidad, en caso de que exista la fórmula de pacto.
  • Establecer que el documento deberá ser remitido a través del canal digital de las partes intervinientes en el proceso, con traslado que se surtirá a los dos días hábiles siguientes al envío, conforme a lo previsto en la ley.
  • Informar a los sujetos procesales que deberán presentar los escritos y memoriales por medio de la ventanilla virtual SAMAI, única vía habilitada para tal fin.

Razón principal de la decisión

La providencia se fundamenta en el cumplimiento del artículo 27 de la Ley 472 de 1998 y el parágrafo del artículo 9° de la Ley 2213 de 2022, que establecen procedimientos para la posible terminación anticipada de procesos mediante la presentación de fórmulas de pacto de cumplimiento certificadas por el Comité de conciliación de la entidad demandada.

Antecedentes relevantes

  • El 28 de mayo de 2025, se profirió un auto vinculando a la empresa de servicios públicos mencionada al proceso, notificado el 29 de mayo del mismo año.
  • El 3 de julio de 2025, se corrió traslado a las partes y al Ministerio Público para presentar alegatos y concepto, respectivamente.
  • El 11 de julio de 2025, la apoderada judicial de la entidad vinculada solicitó nulidad por falta de notificación del auto de vinculación.
  • El 17 de septiembre de 2025, se declaró la nulidad procesal de la actuación posterior a la errada notificación.
  • El 2 de octubre de 2025, la entidad vinculada presentó contestación de la demanda.
  • Finalizado el término para el traslado de la demanda otorgado a la entidad demandada vinculada, se profiere el auto que ordena el trámite correspondiente.

Efectos jurídicos de la providencia

La providencia genera la obligación para la empresa de servicios públicos vinculada de informar oportunamente la existencia o no de una fórmula de pacto de cumplimiento certificada, dentro del término legal establecido. Esta información permitirá al tribunal evaluar la posibilidad de dar por terminado anticipadamente el proceso. Además, condiciona el trámite procesal a la presentación de dicha información y regula el uso exclusivo del canal digital SAMAI para la presentación de documentos procesales.

Notificaciones y cumplimiento

El auto dispone que la notificación se realice por medio del sistema electrónico SAMAI y establece que los demás escritos y solicitudes deberán presentarse exclusivamente por esta vía, so pena de no ser tenidos en cuenta. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE.

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Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico.
Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.

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