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Auto del Tribunal Administrativo de Santander requiere cumplimiento de sentencia de tutela sobre retiro de cesantías

Proviene de: Sentencias

23 de septiembre de 2026 21:42:13

Naturaleza de la providencia y tribunal

Se trata de un auto dictado por el Tribunal Administrativo de Santander, en el marco de un incidente de desacato solicitado tras la presunta falta de cumplimiento de una sentencia de tutela de primera instancia.

Sentido de la decisión

  • Se requiere a la Dirección Seccional de Administración Judicial de Cundinamarca - Amazonas para que, en un plazo máximo e improrrogable de dos días, cumpla la orden impartida en la sentencia de tutela, en particular:
    • Emitir y notificar la autorización para el retiro definitivo de las cesantías consignadas a favor de la accionante en el Fondo Nacional del Ahorro.
    • Entregar copia de los actos administrativos mediante los cuales se formalizó el retiro definitivo de los cargos desempeñados.
  • En caso de incumplimiento, allegar un informe que justifique las razones del mismo, incluyendo el nombre y correo electrónico del funcionario encargado del cumplimiento y de su superior jerárquico.

Razón principal de la decisión

El tribunal consideró que la respuesta presentada por la entidad, consistente en alegar falta de competencia y remitir el trámite a otra entidad, no constituye una respuesta clara, congruente y de fondo que resuelva la petición formulada. Según el artículo 21 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA), la autoridad que se declare incompetente debe remitir la petición a la autoridad competente dentro de los cinco días siguientes y notificarlo al peticionario. La mera comunicación de falta de competencia sin realizar dicho trámite implica incumplimiento de la orden judicial y vulneración del derecho fundamental de petición.

Antecedentes fácticos y procesales

La accionante presentó una solicitud el 16 de febrero de 2026 para obtener la autorización para el retiro definitivo de sus cesantías y copia de los actos administrativos relacionados con su retiro definitivo del servicio. La entidad requerida no había dado respuesta de fondo a dicha petición. En sentencia de tutela del 13 de agosto de 2026, el tribunal ordenó a la Dirección Seccional de Administración Judicial de Cundinamarca - Amazonas emitir dicha respuesta en un plazo de 48 horas. Posteriormente, la accionante solicitó el incidente de desacato debido a la presunta falta de cumplimiento de esta orden. La entidad informó que la competencia correspondía a otra Dirección Seccional debido a que la accionante estuvo vinculada a esa entidad hasta 2008 y que la Dirección Seccional de Cundinamarca - Amazonas se creó en 2023.

Efectos jurídicos de la decisión

El auto vincula a la Dirección Seccional de Administración Judicial de Cundinamarca - Amazonas a cumplir la orden contenida en la sentencia de tutela en el término estipulado bajo apercibimiento de continuar con el trámite del incidente de desacato. Además, se obliga a la entidad a informar sobre el cumplimiento o las razones del incumplimiento, así como a identificar a los funcionarios responsables de dar cumplimiento a la orden judicial. Esta providencia busca garantizar el respeto al derecho fundamental de petición y la efectividad de la tutela ordenada, asegurando que la accionante pueda acceder a sus cesantías de manera oportuna y conforme a la ley.

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Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico.
Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.

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