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Auto del Tribunal Administrativo del Quindío avoca conocimiento y decreta pruebas sobre Decreto Municipal 278 de 2026

Proviene de: Sentencias

23 de septiembre de 2026 22:20:11

Naturaleza de la providencia y competencia

La providencia es un auto proferido por el Tribunal Administrativo del Quindío en ejercicio de control inmediato de legalidad. Se enmarca en la instancia de conocimiento de medidas de carácter general expedidas por autoridades territoriales que desarrollan decretos legislativos vigentes durante estados de excepción, conforme al artículo 136 de la Ley 1437 de 2011.

Sentido de la decisión

El tribunal resolvió:
  • Avocar conocimiento del Decreto Municipal 278 del 17 de septiembre de 2026, mediante el cual se realizó una adición y traslado en el presupuesto para financiar gastos relacionados con el Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica declarado mediante el Decreto Legislativo 1261 de 2026.
  • Decretar pruebas, ordenando la remisión de documentación administrativa, técnica, jurídica y presupuestal relacionada con la expedición del decreto municipal.
  • Solicitar certificaciones sobre el Estatuto Orgánico del Presupuesto vigente y su correspondencia con las disposiciones del Estatuto Orgánico del Presupuesto nacional.
  • Oficiar a la administración municipal para que informe sobre las partidas presupuestales adicionadas o trasladadas, su destinación y la comunicación efectuada al Concejo Municipal.
  • Fijar un aviso público por diez días para garantizar la intervención ciudadana y publicar el proceso en el sitio web de la jurisdicción.
  • Invitar al Concejo Municipal y a facultades de derecho de instituciones universitarias locales a presentar conceptos escritos sobre la legalidad del decreto.
  • Remitir el expediente al Ministerio Público para concepto posterior a la etapa probatoria.

Razón principal de la decisión

El tribunal fundamentó su competencia en el control inmediato de legalidad previsto para las medidas de carácter general dictadas en ejercicio de la función administrativa durante estados de excepción. Se consideró que el Decreto Municipal 278, expedido por el alcalde en ejercicio de facultades extraordinarias conferidas por el Decreto Legislativo 1382 de 2026, cumple con los requisitos para someterse a este control, dada su naturaleza presupuestal y el vínculo directo con el Estado de Emergencia declarado.

Antecedentes relevantes

El Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica fue declarado mediante el Decreto Legislativo 1261 de 2026, que inicialmente incluyó al departamento del Quindío dentro del ámbito territorial. Posteriormente, el Decreto Legislativo 1348 modificó parcialmente dicho ámbito sin afectar al Quindío. El Decreto Legislativo 1382 estableció medidas financieras y administrativas para las entidades territoriales incluidas en la declaratoria, facultando a gobernadores y alcaldes a efectuar operaciones presupuestales directas relacionadas con el estado de emergencia sin autorización previa del Concejo o la Asamblea. En ejercicio de esta facultad, el alcalde del Municipio de Armenia expidió el Decreto Municipal 278 de 2026, disponiendo adiciones y traslados presupuestales para financiar gastos vinculados con la emergencia.

Efectos jurídicos de la providencia

El auto obliga a la administración municipal a presentar la documentación requerida para la valoración del acto administrativo en control inmediato de legalidad. Asimismo, ordena la apertura de un trámite que incluye la participación ciudadana y la intervención del Ministerio Público. La decisión vincula a las autoridades territoriales implicadas y garantiza el cumplimiento de los mecanismos de control establecidos para actos dictados en estados de excepción. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE.

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Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico.
Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.

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