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Resolución 40503 de 2026: revocación de mecanismo para medir déficit de alcohol carburante

Proviene de: Resoluciones

24 de septiembre de 2026 17:5:11

Entidad emisora, tipo de norma y fecha

La norma objeto de análisis es la Resolución 40503 de 2026, expedida por el Ministerio de Minas y Energía el 21 de septiembre de 2026 y publicada en el Diario Oficial No. 53.636 el 23 de septiembre de 2026.

Objeto de la norma

La resolución revoca la Resolución 40429 del 6 de agosto de 2026, que establecía un mecanismo para determinar el déficit en la oferta nacional de etanol anhidro como alcohol carburante para garantizar el abastecimiento interno y el cumplimiento de los porcentajes de mezcla obligatorios en las gasolinas.

Cambios normativos concretos

  • Se revoca en todas sus partes la Resolución 40429 de 2026.
  • Se elimina el mecanismo establecido para medir el déficit en la oferta nacional de alcohol carburante.

Obligaciones creadas

No se crean obligaciones nuevas, sino que se elimina la vigencia y efectos de la Resolución 40429 de 2026, dejando sin aplicación el mecanismo para autorizar importaciones contingentes de alcohol carburante derivado de ese acto.

Ámbito de aplicación

La revocación tiene efecto nacional y aplica a todas las entidades y actores del sector energético vinculados con la producción, distribución y regulación del alcohol carburante.

Excepciones o exclusiones

No se establecen excepciones ni exclusiones expresas en la resolución.

Base legal que faculta la expedición

La expedición de la Resolución 40503 se fundamenta principalmente en el artículo 93 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (Ley 1437 de 2011), que regula la causal de revocatoria directa por actos administrativos manifiestamente contrarios a la Constitución o la ley. También se invocan las competencias asignadas al Ministerio por la Constitución, la Ley 693 de 2001 y el Decreto 381 de 2012.

Motivo de la revocación

El acto administrativo original fue expedido y suscrito por la persona que para esa fecha ya no ostentaba la titularidad del cargo de Ministro de Minas y Energía, lo que implica falta de competencia para expedir dicho acto. Este vicio afecta la validez y legalidad del acto, configurando la causal de revocatoria directa.

Fecha de entrada en vigencia

La resolución rige a partir del día siguiente a su publicación en el Diario Oficial, es decir, desde el 24 de septiembre de 2026.

Régimen de transición o plazos

No se establece régimen de transición ni plazos adicionales para la implementación de la revocación.

Consideraciones adicionales

La revocatoria directa es un mecanismo administrativo previsto para corregir actos que contravengan la Constitución o la ley, y puede ser decretada de oficio por la autoridad que expidió el acto o por su inmediato superior. En este caso, la autoridad superior al funcionario que suscribió la Resolución 40429 procedió a revocar dicho acto por falta de competencia manifiesta. En conclusión, la Resolución 40503 de 2026 anula el mecanismo para medir el déficit en la oferta nacional de alcohol carburante establecido en agosto de 2026, por no haber sido expedido por autoridad competente, dejando sin efecto las disposiciones contenidas en el acto administrativo revocado. Esta medida busca preservar la legalidad y seguridad jurídica en el sector energético, garantizando que los mecanismos regulatorios sean emitidos por funcionarios debidamente facultados.

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Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico.
Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.

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