Naturaleza de la providencia y tribunal
El auto fue proferido por la Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Primera, del Consejo de Estado, como instancia de admisión de demanda y apertura de cuaderno cautelar en un proceso de nulidad contra una resolución ministerial.
Sentido de la decisión
- Se ADMITIÓ la demanda de nulidad interpuesta contra el parágrafo 1º del artículo 5º de la Resolución 1769 de 2024 del Ministerio de Salud y Protección Social.
- Se ORDENÓ abrir el cuaderno cautelar para tramitar la solicitud de suspensión provisional del acto demandado.
- Se CORRIÓ traslado a la entidad demandada para que responda la demanda, presente excepciones, pruebas y demás actuaciones procesales pertinentes en el término legal.
- Se notificó a las partes involucradas y al Ministerio Público según los procedimientos establecidos.
Razón principal de la decisión
La admisión de la demanda se fundamentó en que el escrito introductorio cumplió con los requisitos formales establecidos en el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA). Respecto a la solicitud de suspensión provisional, se ordenó la apertura del cuaderno cautelar y el traslado a la entidad demandada para que se pronuncie, conforme al procedimiento previsto en el artículo 233 del CPACA.
Antecedentes fácticos y procesales
Un particular interpuso demanda mediante el medio de control de nulidad contra una disposición específica de la Resolución 1769 de 18 de septiembre de 2024, emitida por el Ministerio de Salud y Protección Social. La demanda cuestiona la legalidad del parágrafo 1º del artículo 5º de dicha resolución, argumentando que contradice normas legales relacionadas con la cofinanciación de atenciones de urgencias a población migrante no asegurada o en condición irregular.
En el escrito inicial, el demandante también solicitó la suspensión provisional del acto administrativo acusado.
El proceso se inició con la presentación de la demanda por medio virtual, y tras el análisis preliminar, se constató el cumplimiento de los requisitos para su admisión y trámite.
Efectos jurídicos de la decisión
Con la admisión de la demanda, el Consejo de Estado vincula al Ministerio de Salud y Protección Social para que conteste el libelo dentro del término legal, aporte pruebas y se defienda en el proceso. La orden de apertura del cuaderno cautelar implica que se dará trámite a la solicitud de medida cautelar, suspendiendo provisionalmente los efectos del parágrafo cuestionado mientras se decide sobre la demanda principal, siempre respetando el debido proceso.
Asimismo, se dispuso la notificación formal a las partes involucradas y al Ministerio Público, así como la remisión de copias del auto admisorio y la demanda para garantizar la defensa y el seguimiento procesal conforme a la ley.
Notifíquese y cúmplase conforme a lo ordenado.