Logo Avance JurÍdico S.A.S

El periódico legal que te mantiene un paso adelante.

Créditos

CONTACTO

asistentecomercial@redjurista.com

Cel: +57 311 501 67 64, +57 321 775 03 85

Dirección: Carrera 6N° 26B - 85 Piso 9

Ciudad: Bogotá D.C

Representante: Carlos Eduardo Borrero González

ISSN: 3114-9065

NUESTRO GRUPO

  • Avance Jurídico Casa Editorial
  • RedJurista
  • JurIA

© 2026, Avance Jurídico ● Términos de uso ● Política de privacidad

Logo XLogo instagramLogo InLogo WhatsappLogo TikTok
x
Tamaño de Fuente
Fondo
  • Temas
  • Tipos de documentos
  • Entidades
Abrir menú de filtros

Filtros

  • Temas
  • Grupos de personas
  • Tipos de documentos
  • Entidades
Cargando...

Auto de la Jurisdicción Especial para la Paz acepta sometimiento por homicidios en Antioquia

Proviene de: Sentencias

24 de septiembre de 2026 17:26:3

Naturaleza de la providencia y tribunal

La providencia es un auto dictado por la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas, Subsala Segunda Especial de Conocimiento y Decisión de la Ruta No Sancionatoria para Comparecientes de la Fuerza Pública, órgano de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP).

Sentido de la decisión

  • Se acepta por competencia prevalente el sometimiento a la JEP de tres miembros de la fuerza pública por su participación en los homicidios ocurridos el 4 de abril de 2007 en una vereda del municipio de Caucasia, Antioquia.
  • Se ordena comunicar la resolución al Ministerio Público, Registraduría Nacional del Estado Civil, Procuraduría General de la Nación, Policía Nacional, Fiscalía General de la Nación y al comandante del Ejército Nacional.
  • Se envía copia de la resolución a la Sala de Reconocimiento de Verdad, Responsabilidad y Determinación de los Hechos y Conductas de la JEP, para que continúe con el trámite dentro del caso relacionado con ejecuciones extrajudiciales en el subcaso Córdoba.
  • Se remite copia a la Secretaría Ejecutiva y a la Relatoría de la Jurisdicción Especial para la Paz para su actualización y difusión.
  • Se establece la procedencia de los recursos de reposición y apelación contra esta decisión.

Razón principal de la decisión

El auto se sustenta en que los comparecientes, miembros de la fuerza pública, reconocieron voluntariamente su participación y responsabilidad en los homicidios referidos, aportaron verdad plena y han cumplido cabalmente con el régimen de condicionalidad impuesto por la JEP. Además, se acreditaron los factores de competencia temporal, material y personal de la jurisdicción para conocer estos hechos, que constituyen graves violaciones a los derechos humanos cometidas en el marco del conflicto armado interno.

Antecedentes fácticos y procesales

Los homicidios ocurrieron el 4 de abril de 2007 en una zona rural de Antioquia, donde cuatro personas fueron asesinadas y presentadas como bajas en combate por agentes del Estado, en hechos calificados como ejecuciones extrajudiciales y crímenes de lesa humanidad. Las víctimas fueron conducidas bajo engaño y asesinadas sin que mediara enfrentamiento armado. Investigaciones previas y resoluciones de esta Sala han calificado estos hechos dentro de un patrón macrocriminal. Los comparecientes no fueron investigados ni procesados formalmente por estos hechos en la jurisdicción ordinaria, pero en audiencias ante la JEP reconocieron su responsabilidad y aportaron verdad plena. Se constató la calidad de miembros de la fuerza pública y la ocurrencia de los hechos antes del 1° de diciembre de 2016, fecha límite para la competencia temporal de la JEP.

Efectos jurídicos de la decisión

Esta providencia vincula a los comparecientes a la Jurisdicción Especial para la Paz en relación con los homicidios objeto de estudio, sometiéndolos al régimen especial de justicia transicional. Se genera la obligación de continuar con el proceso en la JEP, en particular en la Sala de Reconocimiento de Verdad, Responsabilidad y Determinación de los Hechos y Conductas. La comunicación a las autoridades competentes permitirá la coordinación institucional necesaria para el cumplimiento de lo resuelto.

Conclusión

El auto admite el sometimiento voluntario de tres miembros de la fuerza pública a la JEP por homicidios cometidos en el marco del conflicto armado, fundamentado en el reconocimiento de responsabilidad, el aporte de verdad y el cumplimiento del régimen de condicionalidad. La decisión delimita la competencia de la JEP y ordena las comunicaciones institucionales correspondientes para el trámite y seguimiento del caso, reafirmando el compromiso con la justicia transicional y la reparación integral a las víctimas. De esta forma, se avanza en la construcción de la paz y la garantía de no repetición.

Para continuar leyendo esta noticia y acceder a todas las funciones premium, adquiere uno de nuestros planes.

Ver planes disponibles

Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico.
Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.

Más noticias sobre Derecho Penal

No se encontraron sugerencias