Naturaleza de la providencia y tribunal
Se trata de un auto emitido por el Tribunal Administrativo de Cundinamarca, Sección Segunda, SubSección “C”, en el marco de un conflicto negativo de competencia entre dos juzgados administrativos del Circuito de Bogotá. La providencia fue proferida en la instancia correspondiente para resolver sobre la manifestación de impedimento presentada por el magistrado inicialmente asignado al conocimiento del caso.
Sentido de la decisión
- Se declara que la manifestación de impedimento formulada pierde su objeto debido a que el magistrado que la presentó dejó de ser titular del despacho asignado.
- Se ordena remitir el expediente al despacho actualmente encargado del conocimiento del asunto para que continúe con el trámite y adopte las decisiones correspondientes.
- Se ordena comunicar la providencia a la parte demandante.
Razón principal de la decisión
El magistrado que formuló la manifestación de impedimento adujo una causal basada en una relación de amistad íntima con el titular de uno de los juzgados involucrados. Sin embargo, antes de pronunciarse sobre dicha causal, el tribunal constató que el magistrado dejó de ser titular del despacho al que fue asignado el conocimiento del proceso. Por esta razón, la causal invocada perdió su incidencia práctica y jurídica en el trámite del asunto, lo que imposibilita emitir un pronunciamiento de fondo sobre el impedimento.
Antecedentes relevantes
El expediente ingresó al tribunal mediante escrito remitido por la Secretaría General. La manifestación de impedimento fue presentada por el magistrado inicialmente asignado para conocer el conflicto negativo de competencia suscitado entre dos juzgados administrativos del Circuito de Bogotá. La causal invocada se encuentra prevista en el numeral 9 del artículo 141 del Código General del Proceso, relativa a la existencia de relaciones personales que puedan afectar la imparcialidad. Posteriormente, se produjo un cambio en la titularidad del despacho correspondiente, asignándose a otro magistrado.
Efectos jurídicos de la decisión
La providencia vincula al despacho actualmente encargado del conocimiento del asunto, al ordenar la remisión del expediente para que continúe con el trámite y adopte las decisiones pertinentes. Además, se genera la obligación de notificar a la parte demandante sobre la decisión adoptada. La manifestación de impedimento formulada por el magistrado anterior queda sin efecto, dado que éste ya no ostenta la titularidad del despacho asignado.
En conclusión, el auto del Tribunal Administrativo de Cundinamarca resuelve de manera definitiva la situación relacionada con la manifestación de impedimento, garantizando la continuidad del proceso bajo la responsabilidad del magistrado actualmente titular del despacho. Esta decisión contribuye a la celeridad y seguridad jurídica en el trámite del conflicto negativo de competencia presentado.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE.