Naturaleza de la providencia y tribunal
Se trata de un
auto proferido por el Tribunal Administrativo de Córdoba, en su Sala Tercera de Decisión, en el trámite de un proceso de nulidad y restablecimiento del derecho.
Sentido de la decisión
- Declarar fundado el impedimento manifestado por la magistrada que interviene en el proceso.
- Separar a la magistrada del conocimiento del asunto.
- Ordenar que por Secretaría se libren las comunicaciones correspondientes.
Razón principal de la decisión
El tribunal concluyó que la magistrada manifestó un impedimento basado en el numeral 12 del artículo 141 de la Ley 1564 de 2012 (Código General del Proceso), que establece como causal de impedimento haber dado consejo o concepto fuera de la actuación judicial sobre la materia del proceso o haber intervenido en este como apoderado, agente del Ministerio Público, perito o testigo. En el caso, se verificó que la magistrada actuó previamente como agente del Ministerio Público, rindiendo concepto de fondo en la audiencia inicial del proceso, lo que configura la causal invocada y justifica su separación del conocimiento del caso para garantizar la imparcialidad.
Antecedentes fácticos y procesales
El proceso judicial se originó por la demanda presentada contra actos administrativos expedidos por el Ministerio de Educación Nacional y el departamento de Córdoba, mediante los cuales se negó el reconocimiento de diferencias salariales a la demandante, correspondientes a incrementos establecidos en varios decretos. La demanda solicitaba la nulidad de dichos actos administrativos y el reconocimiento de las diferencias salariales, cuyo valor fue estimado en aproximadamente 37 millones de pesos. Durante el trámite, la magistrada que ahora manifestó impedimento había intervenido como agente del Ministerio Público en la audiencia inicial, emitiendo concepto de fondo sobre la materia relacionada con el proceso.
Efectos jurídicos de la decisión
La declaratoria de impedimento obliga a separar a la magistrada de la actuación judicial en este asunto. En consecuencia, el tribunal ordenó que las comunicaciones oficiales se libraran para formalizar dicha separación y que el proceso continúe con otro magistrado. Esta medida busca preservar la imparcialidad y la transparencia en la administración de justicia dentro del trámite del proceso.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE.