Naturaleza de la providencia y competencia
La providencia en análisis es un auto proferido por la Sala Cuarta de Decisión del Tribunal Administrativo de Sucre, en el marco de un proceso ejecutivo. La Sala se declaró competente para adoptar la decisión conforme al numeral 2, literal g) del artículo 125 y numeral 2 del artículo 243 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA), al tratarse de una resolución que pone fin al proceso.
Sentido de la decisión
- Declarar el desistimiento tácito del proceso ejecutivo promovido contra la Nación - Fiscalía General de la Nación, conforme al artículo 178 del CPACA.
- Ordenar el archivo del expediente una vez ejecutoriada la providencia, dejando constancia en el sistema de gestión judicial.
Razón principal de la decisión
El auto se fundamenta en la aplicación del artículo 178 del CPACA, que regula el desistimiento tácito como forma de terminación anormal del proceso por inactividad de la parte demandante. En este caso, se constató que no se cumplió la carga procesal de aportar los poderes que acrediten la representación judicial, a pesar de los requerimientos judiciales previos y de los términos concedidos para subsanar esta omisión. La falta de actuación dentro de los plazos legales habilita la declaratoria de desistimiento tácito y la terminación del proceso.
Antecedentes fácticos y procesales
- Se promovió demanda ejecutiva para obtener el cumplimiento de una obligación derivada de una sentencia previa relacionada con un proceso de reparación directa.
- La demanda fue presentada por un abogado que afirmó actuar como apoderado especial de varios ejecutantes.
- Al revisar el expediente, el tribunal constató la ausencia de los documentos que acreditaran el mandato judicial conferido al apoderado.
- Se requirió en varias oportunidades a la parte ejecutante para que allegara los poderes, concediendo términos para su presentación y advirtiendo las consecuencias del incumplimiento.
- La parte demandante no aportó los documentos solicitados ni manifestó actuación que permitiera continuar con el trámite.
Efectos jurídicos de la decisión
La declaratoria de desistimiento tácito implica que la demanda ejecutiva queda sin efecto y se ordena la terminación del proceso. El auto vincula a las partes en el sentido de que el proceso no continuará su trámite y se procederá al archivo del expediente. Esta resolución pone fin a la actuación administrativa contenciosa instaurada en esta instancia.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE.