Naturaleza de la providencia y tribunal
La providencia es un auto interlocutorio proferido por el Tribunal Administrativo del Magdalena, en segunda instancia, en el trámite de un proceso de nulidad y restablecimiento del derecho en materia tributaria. El auto resuelve sobre la admisión del recurso de apelación interpuesto contra una sentencia de primera instancia dictada por el Juzgado Trece Administrativo del Circuito de Santa Marta.
Sentido de la decisión
El Tribunal resolvió:
- Admitir el recurso de apelación presentado por la parte demandante contra la sentencia del 15 de julio de 2026, mediante la cual el juez de primera instancia negó las pretensiones de la demanda.
- Ordenar la notificación personal del auto de admisión del recurso al Agente del Ministerio Público.
- Establecer que las partes y demás sujetos procesales deben presentar sus escritos y consultar el expediente digital a través de la plataforma virtual SAMAI.
- Disponer la incorporación de la providencia al expediente digital y su notificación por medio electrónico conforme a la normativa aplicable.
Razón principal de la decisión
La admisión del recurso de apelación se basa en el cumplimiento de los requisitos legales de procedencia y oportunidad. La sentencia de primera instancia fue notificada personalmente por correo electrónico el 16 de julio de 2026, por lo que el término para interponer el recurso expiraba el 4 de agosto de 2026. El recurso fue presentado y sustentado dentro del término legal el 30 de julio de 2026. Además, la concesión del recurso fue realizada mediante auto fechado el 26 de agosto de 2026 y el expediente fue remitido oportunamente al Tribunal el 9 de septiembre de 2026.
Estos hechos evidencian que el recurso cumple con las disposiciones previstas en los artículos 243 y 247 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA), en su redacción modificada por la Ley 2080 de 2021, y en la regla de unificación fijada por la Sala Plena de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado sobre la notificación electrónica.
Antecedentes fácticos y procesales relevantes
El proceso se originó en una demanda interpuesta contra la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) en materia tributaria. En primera instancia, el Juzgado Trece Administrativo del Circuito de Santa Marta negó las pretensiones de la demanda mediante sentencia del 15 de julio de 2026. La parte demandante interpuso recurso de apelación contra esa sentencia dentro del término legal. El juez de primera instancia concedió el recurso y remitió el expediente al Tribunal Administrativo del Magdalena para su decisión en segunda instancia.
Efectos jurídicos de la providencia
El auto tiene efectos vinculantes para las partes procesales en cuanto admite el recurso de apelación, lo que implica que el proceso continuará en segunda instancia para el estudio y decisión del recurso. Se genera la obligación de notificar personalmente al Agente del Ministerio Público y de utilizar la plataforma virtual SAMAI para la presentación de escritos y consulta del expediente. La providencia ordena la integración de la decisión al expediente digital y su notificación por medios electrónicos conforme a la normativa vigente.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE.